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Relacionado con la información recopilada por la Oficina del Censo durante el proceso de recolección, compilación, evaluación y análisis de datos demográficos, económicos y sociales que se refieren en un momento especificado a cualquier persona o personas en los Estados Unidos y cuya difusión está limitada a aquellos con estatus especial bajo juramento, quienes solo pueden usar los datos para fines estadísticos y únicamente para esos fines estadísticos para los cuales se suministraron los datos.

Estado del registroNARA y DoD
MarcadoCENS
Grupo de índice organizacionalEstadístico
Actualizado2026-05-15

Esta página expone el análisis extraído del registro CUI y de las autoridades como texto rastreable. El explorador interactivo sigue siendo el espacio operativo para filtrar, comparar y estudiar con el agente de voz.

Comparación de registros

Campo Registro NARA Registro DoD
Descripción de la categoría Relacionado con la información recopilada por la Oficina del Censo durante el proceso de recolección, compilación, evaluación y análisis de datos demográficos, económicos y sociales que se refieren en un momento especificado a cualquier persona o personas en los Estados Unidos y cuya difusión está limitada a aquellos con estatus especial bajo juramento, quienes solo pueden usar los datos para fines estadísticos y únicamente para esos fines estadísticos para los cuales se suministraron los datos. Relacionado con la información recopilada por la Oficina del Censo durante el proceso de recolección, compilación, evaluación y análisis de datos demográficos, económicos y sociales que se refieren en un momento especificado a cualquier persona o personas en los Estados Unidos y cuya difusión está limitada a aquellos con estatus especial bajo juramento, quienes solo pueden usar los datos para fines estadísticos y únicamente para esos fines estadísticos para los cuales se suministraron los datos.
Marcado de categoría CENS CENS
Marcado de banner CUI//SP-CENS Sin campo correspondiente
Básico o Especificado Especificado Sin campo correspondiente
Autoridades 13 USC 8(b), 13 USC 9(a) 13 USC 8(b) and 9(a)
Políticas DoD aplicables Sin campo correspondiente Ninguno listado
Declaración de advertencia requerida Sin campo correspondiente Ninguno listado
Control de difusión requerido CUI//SP-CENS Ninguno listado
Ejemplos Sin campo correspondiente Copias de tabulaciones y otros materiales estadísticos que revelan la información reportada por, o en nombre de, cualquier encuestado particular.
Fecha del registro June 13, 2025 2026-05-15

Análisis de la autoridad

Título de la autoridad
Evidencia de autoridad del registro compilada; análisis del texto de autoridad primaria pendiente
Autoridades
Multiple registry authorities
Vigencia de la fuente
Última revisión NARA: 13 de junio de 2025 | Detalle DoD consultado: 15-05-2026
Cómo opera la autoridad
Estado en el registro NARA: Especificado. Valores de estado NARA por autoridad: Especificado. Evidencia de marca de banner NARA: CUI//SP-CENS. Se conserva la evidencia del registro aquí; permanece pendiente un análisis detallado del texto principal de la ley o reglamento para esta categoría.

Condiciones desencadenantes

  • Alcance de la categoría NARA: Relacionado con la información recopilada por la Oficina del Censo durante el proceso de recolección, compilación, evaluación y análisis de datos demográficos, económicos y sociales que se refieren en un momento especificado a cualquier persona o personas en los Estados Unidos y cuya difusión está limitada a aquellos con estatus especial bajo juramento, quienes solo pueden usar los datos para fines estadísticos y únicamente para esos fines estadísticos para los cuales se suministraron los datos.

Información cubierta

  • Copias de tabulaciones y otros materiales estadísticos que revelan la información reportada por, o en nombre de, cualquier encuestado particular.
  • Información descrita en el registro: Relacionado con la información recopilada por la Oficina del Censo durante el proceso de recolección, compilación, evaluación y análisis de datos demográficos, económicos y sociales que se refieren en un momento especificado a cualquier persona o personas en los Estados Unidos y cuya difusión está limitada a aquellos con estatus especial bajo juramento, quienes solo pueden usar los datos para fines estadísticos y únicamente para esos fines estadísticos para los cuales se suministraron los datos.

Controles especificados

Nara básico o especificado
Especificado
Filas de autoridad Nara
13 USC 8(b) | estado: Especificado | banner: CUI//SP-CENS || 13 USC 9(a) | estado: Especificado | banner: CUI//SP-CENS
Marcajes de banner Nara
CUI//SP-CENS

Controles de salvaguarda y difusión

Registro NARA
CUI//SP-CENS
Registro DoD
Ninguno listado
Análisis de la autoridad
No se lista ningún control de difusión requerido por DoD en la página del registro. Aplique controles de difusión limitados aprobados solo cuando lo requiera o permita la agencia designante o la autoridad gobernante.
Básico o Especificado
Use primero las afirmaciones del registro, las filas de autoridad de NARA, las autoridades de DoD, las políticas de DoD, las declaraciones de advertencia, los controles de difusión requeridos y los ejemplos. Cuando la autoridad citada no especifique un detalle de manejo, aplique las salvaguardas básicas de CUI y las reglas de difusión siempre que no entren en conflicto con la autoridad o los controles específicos de la agencia.

Autoridades relacionadas

Detalle autoridad por autoridad

13 USC 8(b)

Listado por: Registro NARA, Autoridades relacionadas

Evidencia de designación

  • Fila de autoridad NARA: 13 USC 8(b) | estado: Especificado | banner: CUI//SP-CENS.
  • Evidencia de autoridad relacionada: 13 USC 8(b) | estado: Especificado | banner: CUI//SP-CENS

Significado extraído de la autoridad

Ninguno listado

Condiciones operativas

  • Alcance de categoría NARA utilizado con esta autoridad: Relacionado con la información recopilada por la Oficina del Censo durante el proceso de recolección, compilación, evaluación y análisis de datos demográficos, económicos y sociales que se refieren en un momento especificado a cualquier persona o personas en los Estados Unidos y cuya difusión está limitada a aquellos con estatus especial bajo juramento, quienes solo pueden usar los datos para fines estadísticos y únicamente para esos fines estadísticos para los cuales se suministraron los datos.
  • 13 USC 8(b) | estado: Especificado | banner: CUI//SP-CENS
  • Estado en el registro NARA: Especificado. Valores de estado NARA por autoridad: Especificado. Evidencia de marca de banner NARA: CUI//SP-CENS. Se conserva la evidencia del registro aquí; permanece pendiente un análisis detallado del texto principal de la ley o reglamento para esta categoría.
  • Alcance de la categoría NARA: Relacionado con la información recopilada por la Oficina del Censo durante el proceso de recolección, compilación, evaluación y análisis de datos demográficos, económicos y sociales que se refieren en un momento especificado a cualquier persona o personas en los Estados Unidos y cuya difusión está limitada a aquellos con estatus especial bajo juramento, quienes solo pueden usar los datos para fines estadísticos y únicamente para esos fines estadísticos para los cuales se suministraron los datos.

Controles de salvaguarda y difusión

  • Evidencia de control de registro NARA: estado Especificado; marca de banner CUI//SP-CENS.
  • Básico o especificado de NARA: Especificado
  • Filas de autoridad Nara: 13 USC 8(b) | estado: Especificado | banner: CUI//SP-CENS || 13 USC 9(a) | estado: Especificado | banner: CUI//SP-CENS
  • Marcas de banner Nara: CUI//SP-CENS
  • No se lista ningún control de difusión requerido por DoD en la página del registro. Aplique controles de difusión limitados aprobados solo cuando lo requiera o permita la agencia designante o la autoridad gobernante.
  • Use primero las afirmaciones del registro, las filas de autoridad de NARA, las autoridades de DoD, las políticas de DoD, las declaraciones de advertencia, los controles de difusión requeridos y los ejemplos. Cuando la autoridad citada no especifique un detalle de manejo, aplique las salvaguardas básicas de CUI y las reglas de difusión siempre que no entren en conflicto con la autoridad o los controles específicos de la agencia.

13 USC 9(a)

Listado por: Registro NARA, Autoridades relacionadas

Evidencia de designación

  • Fila de autoridad NARA: 13 USC 9(a) | estado: Especificado | banner: CUI//SP-CENS.
  • Evidencia de autoridad relacionada: 13 USC 9(a) | estado: Especificado | banner: CUI//SP-CENS

Significado extraído de la autoridad

Ninguno listado

Condiciones operativas

  • Alcance de categoría NARA utilizado con esta autoridad: Relacionado con la información recopilada por la Oficina del Censo durante el proceso de recolección, compilación, evaluación y análisis de datos demográficos, económicos y sociales que se refieren en un momento especificado a cualquier persona o personas en los Estados Unidos y cuya difusión está limitada a aquellos con estatus especial bajo juramento, quienes solo pueden usar los datos para fines estadísticos y únicamente para esos fines estadísticos para los cuales se suministraron los datos.
  • 13 USC 9(a) | estado: Especificado | banner: CUI//SP-CENS
  • Estado en el registro NARA: Especificado. Valores de estado NARA por autoridad: Especificado. Evidencia de marca de banner NARA: CUI//SP-CENS. Se conserva la evidencia del registro aquí; permanece pendiente un análisis detallado del texto principal de la ley o reglamento para esta categoría.
  • Alcance de la categoría NARA: Relacionado con la información recopilada por la Oficina del Censo durante el proceso de recolección, compilación, evaluación y análisis de datos demográficos, económicos y sociales que se refieren en un momento especificado a cualquier persona o personas en los Estados Unidos y cuya difusión está limitada a aquellos con estatus especial bajo juramento, quienes solo pueden usar los datos para fines estadísticos y únicamente para esos fines estadísticos para los cuales se suministraron los datos.

Controles de salvaguarda y difusión

  • Evidencia de control de registro NARA: estado Especificado; marca de banner CUI//SP-CENS.
  • Básico o especificado de NARA: Especificado
  • Filas de autoridad Nara: 13 USC 8(b) | estado: Especificado | banner: CUI//SP-CENS || 13 USC 9(a) | estado: Especificado | banner: CUI//SP-CENS
  • Marcas de banner Nara: CUI//SP-CENS
  • No se lista ningún control de difusión requerido por DoD en la página del registro. Aplique controles de difusión limitados aprobados solo cuando lo requiera o permita la agencia designante o la autoridad gobernante.
  • Use primero las afirmaciones del registro, las filas de autoridad de NARA, las autoridades de DoD, las políticas de DoD, las declaraciones de advertencia, los controles de difusión requeridos y los ejemplos. Cuando la autoridad citada no especifique un detalle de manejo, aplique las salvaguardas básicas de CUI y las reglas de difusión siempre que no entren en conflicto con la autoridad o los controles específicos de la agencia.

13 USC 8(b) and 9(a)

Listado por: Registro DoD, Autoridades relacionadas

Evidencia de designación

  • Fila de autoridad DoD: 13 USC 8(b) y 9(a). DoD lista esta cita para la categoría; esta página de detalle DoD no muestra un campo básico/especificado separado.
  • Evidencia de autoridad relacionada: El DoD lista esta autoridad para la categoría; el texto de la autoridad vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.
  • Contexto de designación del registro: Especificado, CUI//SP-CENS. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de alcance o aplicabilidad de categoría que ayuda a determinar cuándo la información cae dentro de esta categoría CUI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de divulgación, acceso, protección, liberación, difusión o control de distribución relevante para el manejo. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de violación, penalización, sanción o cumplimiento que puede afectar las consecuencias por mal manejo.
  • La designación del registro para esta categoría es Especificado con el banner CUI//SP-CENS.

Significado extraído de la autoridad

  • Página 5 TÍTULO 13—CENSO § 8
  • Contexto de designación del registro: Especificado, CUI//SP-CENS. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de alcance o aplicabilidad de categoría que ayuda a determinar cuándo la información cae dentro de esta categoría CUI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de divulgación, acceso, protección, liberación, difusión o control de distribución relevante para el manejo. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de violación, penalización, sanción o cumplimiento que puede afectar las consecuencias por mal manejo.

Condiciones operativas

  • Alcance de categoría DoD utilizado con esta autoridad: Relacionado con la información recopilada por la Oficina del Censo durante el proceso de recolección, compilación, evaluación y análisis de datos demográficos, económicos y sociales que se refieren en un momento especificado a cualquier persona o personas en los Estados Unidos y cuya difusión está limitada a aquellos con estatus especial bajo juramento, quienes solo pueden usar los datos para fines estadísticos y únicamente para esos fines estadísticos para los cuales se suministraron los datos.
  • El DoD lista esta autoridad para la categoría; el texto de la autoridad vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.
  • Estado en el registro NARA: Especificado. Valores de estado NARA por autoridad: Especificado. Evidencia de marca de banner NARA: CUI//SP-CENS. Se conserva la evidencia del registro aquí; permanece pendiente un análisis detallado del texto principal de la ley o reglamento para esta categoría.
  • Alcance de la categoría NARA: Relacionado con la información recopilada por la Oficina del Censo durante el proceso de recolección, compilación, evaluación y análisis de datos demográficos, económicos y sociales que se refieren en un momento especificado a cualquier persona o personas en los Estados Unidos y cuya difusión está limitada a aquellos con estatus especial bajo juramento, quienes solo pueden usar los datos para fines estadísticos y únicamente para esos fines estadísticos para los cuales se suministraron los datos.
  • Condición de autoridad extraída: Transcripciones autenticadas o copias de ciertas declaraciones; otros datos; restricción de uso; destino de las tarifas recibidas (a) El Secretario podrá, previa solicitud por escrito, proporcionar a cualquier declarante, o al heredero, sucesor o agente autorizado de dicho declarante, transcripciones autenticadas o copias de informes (o partes de ellos) que contengan información proporcionada por, o en nombre de, dicho declarante en relación con las encuestas y censos previstos en este título, previo pago del costo real o estimado de búsqueda de los registros y suministro de dichas transcripciones o copias.
  • Condición de autoridad extraída: (b) Las disposiciones del inciso (a) de esta sección relacionadas con el tratamiento confidencial de datos para individuos y establecimientos particulares, no se aplicarán a los censos de gobiernos previstos en el subcapítulo III del capítulo 5 de este título, ni a los datos provisionales actuales previstos en el subcapítulo IV del capítulo 5 de este título respecto a los temas cubiertos por censos de gobiernos, con respecto a cualquier información obtenida al respecto que sea compilada a partir de, o habitualmente provista en, registros públicos.
  • Condición de autoridad extraída: L. 94–521 sustituyó la disposición para que el Secretario pueda proporcionar a cualquier declarante, o al sucesor o agente autorizado de dicho declarante, transcripciones o copias de informes que contengan información suministrada en conexión con las encuestas y censos, previo pago de los costos necesarios, por la disposición que autorizaba que el Secretario, a su discreción, pudiera proporcionar a los Gobernadores de Estados y Territorios, tribunales de registro y particulares, datos para fines genealógicos y otros fines adecuados, a partir de los registros de población, agricultura y vivienda preparados bajo la autoridad del subcapítulo II del capítulo 5 de este título, previo pago de los costos necesarios, más un dólar por suministro de un certificado.
  • Condición de autoridad extraída: L. 94–521 insertó la disposición que sujeta al Secretario a las limitaciones contenidas en las secciones 6(c) y 9 de este título, al proporcionar materiales estadísticos bajo esta sección, sustituyó "copias de tabulaciones y otros materiales estadísticos" por "transcripciones o copias de tablas y otros registros censales", insertó la disposición de que los materiales proporcionados bajo esta sección no pueden revelar información reportada por, o en nombre de, un declarante en particular, y sustituyó una disposición enumerando los establecimientos públicos y privados e individuos, en cuyo nombre se pueden realizar compilaciones estadísticas especiales, por la disposición de que tales compilaciones pueden realizarse en nombre de funcionarios estatales o locales, empresas privadas o individuos.

Controles de salvaguarda y difusión

  • Básico o especificado de NARA: Especificado
  • Filas de autoridad Nara: 13 USC 8(b) | estado: Especificado | banner: CUI//SP-CENS || 13 USC 9(a) | estado: Especificado | banner: CUI//SP-CENS
  • Marcas de banner Nara: CUI//SP-CENS
  • No se lista ningún control de difusión requerido por DoD en la página del registro. Aplique controles de difusión limitados aprobados solo cuando lo requiera o permita la agencia designante o la autoridad gobernante.
  • Use primero las afirmaciones del registro, las filas de autoridad de NARA, las autoridades de DoD, las políticas de DoD, las declaraciones de advertencia, los controles de difusión requeridos y los ejemplos. Cuando la autoridad citada no especifique un detalle de manejo, aplique las salvaguardas básicas de CUI y las reglas de difusión siempre que no entren en conflicto con la autoridad o los controles específicos de la agencia.
  • Control de autoridad extraída: Transcripciones autenticadas o copias de ciertas declaraciones; otros datos; restricción de uso; destino de las tarifas recibidas (a) El Secretario podrá, previa solicitud por escrito, proporcionar a cualquier declarante, o al heredero, sucesor o agente autorizado de dicho declarante, transcripciones autenticadas o copias de informes (o partes de ellos) que contengan información proporcionada por, o en nombre de, dicho declarante en conexión con las encuestas y censos previstos en este título, previo pago del costo real o estimado de búsqueda de los registros y suministro de dichas transcripciones o copias.
  • Control de autoridad extraída: L. 94–521 insertó la disposición que sujeta al Secretario a las limitaciones contenidas en las secciones 6(c) y 9 de este título, al proporcionar materiales estadísticos bajo esta sección, sustituyó "copias de tabulaciones y otros materiales estadísticos" por "transcripciones o copias de tablas y otros registros censales", insertó la disposición de que los materiales proporcionados bajo esta sección no pueden revelar información reportada por, o en nombre de, un declarante en particular, y sustituyó una disposición enumerando los establecimientos públicos y privados e individuos, en cuyo nombre se pueden realizar compilaciones estadísticas especiales, por la disposición de que tales compilaciones pueden realizarse en nombre de funcionarios estatales o locales, empresas privadas o individuos.
  • Control de autoridad extraída: Información como confidencial; excepción (a) Ni el Secretario, ni ningún otro funcionario o empleado del Departamento de Comercio o de alguna oficina o agencia del mismo, ni el enlace censal de gobierno local, podrán, excepto según lo dispuesto en la sección 8 o 16 o capítulo 10 de este título o la sección 210 de la Ley de Asignaciones de Fondos para los Departamentos de Comercio, Justicia y Estado, el Poder Judicial y Agencias Relacionadas de 1998 o la sección 2(f) de la Ley de Censo de Agricultura de 1997— (1) usar la información proporcionada bajo las disposiciones de este título para cualquier propósito distinto a los fines estadísticos para los cuales se suministra; o (2) hacer cualquier publicación mediante la cual los datos proporcionados por algún establecimiento o individuo particular bajo este título puedan ser identificados; o (3) permitir a cualquier persona que no sean los oficiales y empleados juramentados del Departamento o oficina o agencia del mismo examinar los informes individuales.
  • Control de autoridad extraída: Además, podrá mandar imprimir por el Director de la Oficina de Publicaciones del Gobierno, en las ediciones que estime necesarias, boletines preliminares y otros boletines censales, y reportes finales de los resultados de las diversas investigaciones autorizadas por este título, y podrá publicar y distribuir dichos boletines e informes.
  • Control de autoridad extraída: L. 94–521 sustituyó la disposición para que el Secretario pueda proporcionar a cualquier declarante, o al sucesor o agente autorizado de dicho declarante, transcripciones o copias de informes que contengan información suministrada en conexión con las encuestas y censos, previo pago de los costos necesarios, por la disposición que autorizaba que el Secretario, a su discreción, pudiera proporcionar a los Gobernadores de Estados y Territorios, tribunales de registro y particulares, datos para fines genealógicos y otros fines adecuados, a partir de los registros de población, agricultura y vivienda preparados bajo la autoridad del subcapítulo II del capítulo 5 de este título, previo pago de los costos necesarios, más un dólar por suministro de un certificado.
  • Control de autoridad extraída: L. 94–521 eliminó "la autoridad de" después de "suministrado bajo", sustituyó "cualquier declarante u otra persona" por "las personas" e insertó "excepto en la persecución de supuestas violaciones de este título" después de "se refiere". 1957—Inciso.

Extractos de la autoridad

Pasaje de autoridad extraído más relevante

Transcripciones autenticadas o copias de ciertas declaraciones; otros datos; restricción de uso; destino de las tarifas recibidas (a) El Secretario podrá, previa solicitud por escrito, proporcionar a cualquier declarante, o al heredero, sucesor o agente autorizado de dicho declarante, transcripciones autenticadas o copias de informes (o partes de ellos) que contengan información proporcionada por, o en nombre de, dicho declarante en conexión con las encuestas y censos previstos en este título, previo pago del costo real o estimado de búsqueda de los registros y suministro de dichas transcripciones o copias.

Pasaje de autoridad extraído 2

L. 94–521 insertó la disposición que sujeta al Secretario a las limitaciones contenidas en las secciones 6(c) y 9 de este título, al proporcionar materiales estadísticos bajo esta sección, sustituyó "copias de tabulaciones y otros materiales estadísticos" por "transcripciones o copias de tablas y otros registros censales", insertó la disposición de que los materiales proporcionados bajo esta sección no pueden revelar información reportada por, o en nombre de, un declarante en particular, y sustituyó una disposición enumerando los establecimientos públicos y privados e individuos, en cuyo nombre se pueden realizar compilaciones estadísticas especiales, por la disposición de que tales compilaciones pueden realizarse en nombre de funcionarios estatales o locales, empresas privadas o individuos.

Pasaje de autoridad extraído 3

Información como confidencial; excepción (a) Ni el Secretario, ni ningún otro funcionario o empleado del Departamento de Comercio o de alguna oficina o agencia del mismo, ni el enlace censal de gobierno local, podrán, excepto según lo dispuesto en la sección 8 o 16 o capítulo 10 de este título o la sección 210 de la Ley de Asignaciones de Fondos para los Departamentos de Comercio, Justicia y Estado, el Poder Judicial y Agencias Relacionadas de 1998 o la sección 2(f) de la Ley de Censo de Agricultura de 1997— (1) usar la información proporcionada bajo las disposiciones de este título para cualquier propósito distinto a los fines estadísticos para los cuales se suministra; o (2) hacer cualquier publicación mediante la cual los datos proporcionados por algún establecimiento o individuo particular bajo este título puedan ser identificados; o (3) permitir a cualquier persona que no sean los oficiales y empleados juramentados del Departamento o oficina o agencia del mismo examinar los informes individuales.

Pasaje de autoridad extraído 4

Además, podrá mandar imprimir por el Director de la Oficina de Publicaciones del Gobierno, en las ediciones que estime necesarias, boletines preliminares y otros boletines censales, y reportes finales de los resultados de las diversas investigaciones autorizadas por este título, y podrá publicar y distribuir dichos boletines e informes.

Pasaje de autoridad extraído 5

L. 94–521 sustituyó la disposición para que el Secretario pueda proporcionar a cualquier declarante, o al sucesor o agente autorizado de dicho declarante, transcripciones o copias de informes que contengan información suministrada en conexión con las encuestas y censos, previo pago de los costos necesarios, por la disposición que autorizaba que el Secretario, a su discreción, pudiera proporcionar a los Gobernadores de Estados y Territorios, tribunales de registro y particulares, datos para fines genealógicos y otros fines adecuados, a partir de los registros de población, agricultura y vivienda preparados bajo la autoridad del subcapítulo II del capítulo 5 de este título, previo pago de los costos necesarios, más un dólar por suministro de un certificado.

Pasaje de autoridad extraído 6

(b) Las disposiciones del inciso (a) de esta sección relacionadas con el tratamiento confidencial de datos para individuos y establecimientos particulares, no se aplicarán a los censos de gobiernos previstos en el subcapítulo III del capítulo 5 de este título, ni a los datos actuales provisionales previstos en el subcapítulo IV del capítulo 5 de este título respecto a los sujetos cubiertos por los censos de gobiernos, con respecto a cualquier información obtenida para ello que se compile a partir de, o que se proporcione habitualmente en, registros públicos.