48 CFR 4.1103(c)
Listado por: Registro NARA, Registro DoD, Autoridades relacionadas
Evidencia de designación
- Fila de autoridad NARA: 48 CFR 4.1103(c) | estado: Básico | banner: CUI.
- Fila de autoridad DoD: 48 CFR 4.1103(c). DoD lista esta cita para la categoría; esta página de detalle DoD no muestra un campo Básico/Especificado por separado.
- Evidencia de autoridad relacionada: 48 CFR 4.1103(c) | estado: Básico | banner: CUI
- Evidencia de autoridad relacionada: El DoD lista esta autoridad para la categoría; el texto de la autoridad vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.
- Contexto de designación del registro: Básico, CUI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de alcance o aplicabilidad de categoría que ayuda a determinar cuándo la información cae dentro de esta categoría CUI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de divulgación, acceso, protección, liberación, diseminación o control de distribución relevante para el manejo.
- La designación del registro para esta categoría es Básico con banner CUI.
Significado extraído de la autoridad
- sección A del cronograma del contrato, similar
- Contexto de designación del registro: Básico, CUI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de alcance o aplicabilidad de categoría que ayuda a determinar cuándo la información cae dentro de esta categoría CUI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de divulgación, acceso, protección, liberación, diseminación o control de distribución relevante para el manejo.
Condiciones operativas
- Alcance de la categoría NARA usado con esta autoridad: Relativo a información no pública recopilada durante el registro de entidades en el System for Award Management (SAM), la fuente común de datos de proveedores para el Gobierno de los Estados Unidos.
- Alcance de la categoría DoD usado con esta autoridad: Relativo a información no pública recopilada durante el registro de entidades en el System for Award Management (SAM), la fuente común de datos de proveedores para el Gobierno de los Estados Unidos.
- 48 CFR 4.1103(c) | estado: Básico | banner: CUI
- El DoD lista esta autoridad para la categoría; el texto de la autoridad vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.
- Estado del registro NARA: Básico. Valores por autoridad del estado NARA: Básico. Evidencia del marcado del banner de NARA: CUI. La evidencia del registro se conserva aquí; el análisis detallado del texto de la ley o regulación primaria permanece pendiente para esta categoría.
- Alcance de la categoría NARA: Relativo a información no pública recopilada durante el registro de entidades en el System for Award Management (SAM), la fuente común de datos de proveedores para el Gobierno de los Estados Unidos.
- Condición de autoridad extraída: (a) A menos que la adquisición esté exenta bajo 4.1102(a), el oficial de contratación— (1) Debe verificar que el oferente o cotizante esté registrado en SAM (ver el párrafo (b) de esta sección) al momento en que se presente una oferta o cotización; (2) Debe usar el identificador único de entidad para verificar el registro en SAM— (i) Por; o (ii) Según lo dispuesto por procedimientos de la agencia; o (3) No necesita verificar el registro en SAM antes de realizar un pedido o llamada si el contrato o acuerdo incluye la disposición en 52.204–7, System for Award Management, o la cláusula en 52.212–4, Términos y Condiciones del Contrato—Artículos Comerciales, o una cláusula similar de la agencia, excepto cuando se contemple el uso de la tarjeta de compra comercial a nivel Gobierno como método de pago.
- Condición de autoridad extraída: Se recomienda a los oficiales de contratación que verifiquen el SAM temprano en el proceso de adquisición, una vez establecido el rango competitivo, y luego comuniquen a los oferentes no registrados que deben registrarse; (2) Deben usar el identificador único de entidad para verificar el registro— (i) A través de Internet en; o (ii) Según lo dispuesto por procedimientos de la agencia; y (3) No es necesario verificar el registro antes de realizar un pedido o llamada si el contrato o acuerdo incluye la disposición en 52.204–7, System for Award Management, o la cláusula en 52.212–4, Términos y Condiciones del Contrato—Artículos Comerciales, o una cláusula similar de la agencia, excepto cuando se contemple el uso de la tarjeta de compra comercial a nivel Gobierno como método de pago.
- Condición de autoridad extraída: (a) Se requiere que los oferentes y cotizantes estén registrados en SAM al momento de presentar una oferta o cotización para cumplir con los requisitos anuales de representaciones y certificaciones, excepto para— * * * * * (5) Contratos adjudicados sin proveer para competencia plena y abierta debido a urgencia inusual o imperativa (ver 6.302–2); (6) Acciones contractuales en o por debajo de $30,000 adjudicadas a proveedores extranjeros por trabajos realizados fuera de los Estados Unidos, si es impráctico obtener el registro en SAM; y * * * * * (c) Los oficiales de contratación deben usar el nombre legal comercial o nombre ‘‘haciendo negocios como’’ y la dirección física del registro SAM del contratista para el identificador único de entidad provisto para identificar al contratista en la sección A del cronograma del contrato, secciones similares de formatos de contratos no uniformes y acuerdos, y todos los formularios y intercambios de datos correspondientes.
- Condición de autoridad extraída: 105 Federal Acquisition Regulation 4.1105 (2) Si las necesidades de la actividad solicitante no permiten demora, proceder a adjudicar al siguiente oferente registrado exitoso, siempre que se obtenga aprobación escrita de un nivel superior al del oficial de contratación; o (3) Si la acción contractual se adjudica conforme a 6.302–2, el contratista debe estar registrado en el System for Award Management dentro de los 30 días posteriores a la adjudicación del contrato, o al menos tres días antes de la presentación de la primera factura, lo que ocurra primero.
- Condición de autoridad extraída: (c) Las agencias deben protegerse contra la divulgación indebida de información del SAM del contratista.
Controles de salvaguarda y difusión
- Evidencia de control del registro NARA: estado Básico; marcaje de banner CUI.
- Nara básico o especificado: Básico
- Filas de autoridad Nara: 48 CFR 4.1103(c) | estado: Básico | banner: CUI
- Marcas de banner Nara: CUI
- No se lista ningún control de difusión requerido por DoD en la página del registro. Aplique controles de difusión limitados aprobados solo cuando lo requiera o permita la agencia designante o la autoridad gobernante.
- Use primero las afirmaciones del registro, las filas de autoridad de NARA, las autoridades de DoD, las políticas de DoD, las declaraciones de advertencia, los controles de difusión requeridos y los ejemplos. Cuando la autoridad citada no especifique un detalle de manejo, aplique las salvaguardas básicas de CUI y las reglas de difusión siempre que no entren en conflicto con la autoridad o los controles específicos de la agencia.
- Control de autoridad extraído: Se recomienda a los oficiales de contratación que verifiquen el SAM temprano en el proceso de adquisición, una vez establecido el rango competitivo, y luego comuniquen a los oferentes no registrados que deben registrarse; (2) Deben usar el identificador único de entidad para verificar el registro— (i) A través de Internet en; o (ii) Según lo dispuesto por procedimientos de la agencia; y (3) No es necesario verificar el registro antes de realizar un pedido o llamada si el contrato o acuerdo incluye la disposición en 52.204–7, System for Award Management, o la cláusula en 52.212–4, Términos y Condiciones del Contrato—Artículos Comerciales, o una cláusula similar de la agencia, excepto cuando se contemple el uso de la tarjeta de compra comercial a nivel Gobierno como método de pago.
- Control de autoridad extraído: (a) A menos que la adquisición esté exenta bajo 4.1102(a), el oficial contratante— (1) Deberá verificar que el oferente o cotizador esté registrado en SAM (ver el párrafo (b) de esta sección) en el momento en que se presente una oferta o cotización; (2) Deberá usar el identificador único de entidad para verificar el registro en SAM— (i) Vía; o (ii) Según lo dispongan los procedimientos de la agencia; o (3) No necesitará verificar el registro en SAM antes de realizar un pedido o llamado si el contrato o acuerdo incluye la disposición en 52.204–7, Sistema para la Administración de Adjudicaciones, o la cláusula en 52.212–4, Términos y Condiciones del Contrato—Artículos Comerciales, o una cláusula similar de la agencia, excepto cuando se contemple el uso de la tarjeta de compra comercial a nivel gubernamental como método de pago.
- Control de autoridad extraído: (a) Los oferentes y cotizadores deben estar registrados en SAM al momento de presentar una oferta o cotización para cumplir con los requisitos anuales de declaraciones y certificaciones, excepto para— * * * * * (5) Contratos adjudicados sin proporcionar competencia plena y abierta debido a urgencia inusual o apremiante (ver 6.302–2); (6) Acciones contractuales de $30,000 o menos adjudicadas a vendedores extranjeros para trabajos realizados fuera de los Estados Unidos, si es impráctico obtener el registro en SAM; y * * * * * (c) Los oficiales contratantes deberán utilizar el nombre comercial legal o el nombre ‘‘haciendo negocios como’’ y la dirección física del registro SAM del contratista para el identificador único de entidad proporcionado para identificar al contratista en la sección A del cronograma del contrato, secciones similares de formatos de contratos no uniformes y acuerdos, y todos los formularios correspondientes e intercambios de datos.
- Control de autoridad extraído: (b) Si el oficial contratante, al adjudicar un contrato o acuerdo, determina que un contratista potencial no está registrado en la base de datos SAM y que no aplica una excepción a los requisitos de registro para la adjudicación (ver 4.1102), el oficial contratante deberá— (1) Si las necesidades de la actividad requeriente lo permiten, adjudicar después de que el oferente aparentemente exitoso se haya registrado en la base de datos SAM.
- Control de autoridad extraído: (c) Las agencias deben proteger contra la divulgación indebida de la información SAM del contratista.
Extractos de la autoridad
Pasaje de autoridad extraído más relevanteSe anima a los oficiales contratantes a verificar SAM temprano en el proceso de adquisición, después de que se establezca el rango competitivo, y luego comunicar a los oferentes no registrados que deberán registrarse; (2) Deberán usar el identificador único de entidad para verificar el registro— (i) A través de Internet en; o (ii) Según lo dispongan los procedimientos de la agencia; y (3) No necesitarán verificar el registro antes de realizar un pedido o llamado si el contrato o acuerdo incluye la disposición en 52.204–7, Sistema para la Administración de Adjudicaciones, o la cláusula en 52.212–4, Términos y Condiciones del Contrato—Artículos Comerciales, o una cláusula similar de la agencia, excepto cuando se contemple el uso de la tarjeta de compra comercial a nivel gubernamental como método de pago.
Pasaje de autoridad extraído 2(a) A menos que la adquisición esté exenta bajo 4.1102(a), el oficial contratante— (1) Deberá verificar que el oferente o cotizador esté registrado en SAM (ver el párrafo (b) de esta sección) en el momento en que se presente una oferta o cotización; (2) Deberá usar el identificador único de entidad para verificar el registro en SAM— (i) Vía; o (ii) Según lo dispongan los procedimientos de la agencia; o (3) No necesitará verificar el registro en SAM antes de realizar un pedido o llamado si el contrato o acuerdo incluye la disposición en 52.204–7, Sistema para la Administración de Adjudicaciones, o la cláusula en 52.212–4, Términos y Condiciones del Contrato—Artículos Comerciales, o una cláusula similar de la agencia, excepto cuando se contemple el uso de la tarjeta de compra comercial a nivel gubernamental como método de pago.
Pasaje de autoridad extraído 3(a) Los oferentes y cotizadores deben estar registrados en SAM al momento de presentar una oferta o cotización para cumplir con los requisitos anuales de declaraciones y certificaciones, excepto para— * * * * * (5) Contratos adjudicados sin proporcionar competencia plena y abierta debido a urgencia inusual o apremiante (ver 6.302–2); (6) Acciones contractuales de $30,000 o menos adjudicadas a vendedores extranjeros para trabajos realizados fuera de los Estados Unidos, si es impráctico obtener el registro en SAM; y * * * * * (c) Los oficiales contratantes deberán utilizar el nombre comercial legal o el nombre ‘‘haciendo negocios como’’ y la dirección física del registro SAM del contratista para el identificador único de entidad proporcionado para identificar al contratista en la sección A del cronograma del contrato, secciones similares de formatos de contratos no uniformes y acuerdos, y todos los formularios correspondientes e intercambios de datos.
Pasaje de autoridad extraído 4(b) Si el oficial contratante, al adjudicar un contrato o acuerdo, determina que un contratista potencial no está registrado en la base de datos SAM y que no aplica una excepción a los requisitos de registro para la adjudicación (ver 4.1102), el oficial contratante deberá— (1) Si las necesidades de la actividad requeriente lo permiten, adjudicar después de que el oferente aparentemente exitoso se haya registrado en la base de datos SAM.
Pasaje de autoridad extraído 5(c) Las agencias deben proteger contra la divulgación indebida de la información SAM del contratista.
Pasaje de autoridad extraído 6105 Reglamento Federal de Adquisiciones 4.1105 (2) Si las necesidades de la actividad requeriente no permiten un retraso, proceder a adjudicar al siguiente oferente registrado exitoso, siempre que se obtenga aprobación escrita de un nivel superior al oficial contratante; o (3) Si la acción contractual se está adjudicando conforme a 6.302–2, el contratista debe estar registrado en el Sistema para la Administración de Adjudicaciones dentro de los 30 días posteriores a la adjudicación del contrato, o al menos tres días antes de la presentación de la primera factura, lo que ocurra primero.