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Death Records

Relacionado con información contenida dentro de un documento oficial emitido por un registro público que verifica que una persona ha fallecido, con información como la fecha y hora del fallecimiento, la causa de la muerte y la firma del médico tratante o examinador.

Estado del registroNARA y DoD
MarcadoDREC
Grupo de índice organizacionalPrivacidad
Actualizado2026-05-15

Esta página expone el análisis extraído del registro CUI y de las autoridades como texto rastreable. El explorador interactivo sigue siendo el espacio operativo para filtrar, comparar y estudiar con el agente de voz.

Comparación de registros

Campo Registro NARA Registro DoD
Descripción de la categoría Relacionado con información contenida dentro de un documento oficial emitido por un registro público que verifica que una persona ha fallecido, con información como la fecha y hora del fallecimiento, la causa de la muerte y la firma del médico tratante o examinador. Relacionado con información contenida dentro de un documento oficial emitido por un registro público que verifica que una persona ha fallecido, con información como la fecha y hora del fallecimiento, la causa de la muerte y la firma del médico tratante o examinador.
Marcado de categoría DREC DREC
Marcado de banner CUI Sin campo correspondiente
Básico o Especificado Básico Sin campo correspondiente
Autoridades 42 USC 405(r)(5) 42 USC 405(r)(5)
Políticas DoD aplicables Sin campo correspondiente Organizado por Department of War Information Activity - WEB.mil, ![Imagen 2: Número de la Línea de Crisis para Veteranos. Marque 988 y luego presione 1
Declaración de advertencia requerida Sin campo correspondiente Ninguno listado
Control de difusión requerido CUI Ninguno listado
Ejemplos Sin campo correspondiente Organizado por Department of War Information Activity - WEB.mil[]()
Fecha del registro July 29, 2025 2026-05-15

Análisis de la autoridad

Título de la autoridad
Evidencia de autoridad del registro compilada; análisis del texto de autoridad primaria pendiente
Autoridades
42 USC 405(r)(5)
Vigencia de la fuente
Última revisión de NARA: 29 de julio de 2025 | Detalle DoD consultado: 2026-05-15
Cómo opera la autoridad
Estado del registro NARA: Básico. Valores por autoridad del estado NARA: Básico. Evidencia del marcado del banner de NARA: CUI. La evidencia del registro se conserva aquí; el análisis detallado del texto de la ley o regulación primaria permanece pendiente para esta categoría.

Condiciones desencadenantes

  • Ámbito de la categoría NARA: Relacionado con información contenida dentro de un documento oficial emitido por un registro público que verifica que una persona ha fallecido, con información como la fecha y hora del fallecimiento, la causa de la muerte y la firma del médico tratante o examinador.
  • Ámbito de la categoría DoD: Relacionado con información contenida dentro de un documento oficial emitido por un registro público que verifica que una persona ha fallecido, con información como la fecha y hora del fallecimiento, la causa de la muerte y la firma del médico tratante o examinador.

Información cubierta

  • Organizado por Department of War Information Activity - WEB.mil[]()
  • Información descrita en el registro: Relacionado con información contenida dentro de un documento oficial emitido por un registro público que verifica que una persona ha fallecido, con información como la fecha y hora del fallecimiento, la causa de la muerte y la firma del médico tratante o examinador.
  • Información descrita por DoD: Relacionado con información contenida dentro de un documento oficial emitido por un registro público que verifica que una persona ha fallecido, con información como la fecha y hora del fallecimiento, la causa de la muerte y la firma del médico tratante o examinador.

Controles especificados

Nara básico o especificado
Básico
Filas de autoridad Nara
42 USC 405(r)(5) | estado: Básico | banner: CUI
Marcajes de banner Nara
CUI
Políticas DoD aplicables
Organizado por Department of War Information Activity - WEB.mil, ![Imagen 2: Número de la Línea de Crisis para Veteranos. Marque 988 y luego presione 1

Controles de salvaguarda y difusión

Registro NARA
CUI
Registro DoD
Ninguno listado
Análisis de la autoridad
No se lista ningún control de difusión requerido por DoD en la página del registro. Aplique controles de difusión limitados aprobados solo cuando lo requiera o permita la agencia designante o la autoridad gobernante.
Básico o Especificado
Use primero las afirmaciones del registro, las filas de autoridad de NARA, las autoridades de DoD, las políticas de DoD, las declaraciones de advertencia, los controles de difusión requeridos y los ejemplos. Cuando la autoridad citada no especifique un detalle de manejo, aplique las salvaguardas básicas de CUI y las reglas de difusión siempre que no entren en conflicto con la autoridad o los controles específicos de la agencia.

Autoridades relacionadas

Detalle autoridad por autoridad

42 USC 405(r)(5)

Listado por: Registro NARA, Registro DoD, Autoridades relacionadas

Evidencia de designación

  • Fila de autoridad NARA: 42 USC 405(r)(5) | estado: Básico | banner: CUI.
  • Fila de autoridad DoD: 42 USC 405(r)(5). DoD lista esta cita para la categoría; esta página de detalles del DoD no muestra un campo separado Básico/Especificado.
  • Evidencia de autoridad relacionada: 42 USC 405(r)(5) | estado: Básico | banner: CUI
  • Evidencia de autoridad relacionada: El DoD lista esta autoridad para la categoría; el texto de la autoridad vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.
  • Contexto de designación del registro: Básico, CUI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de alcance de categoría o aplicabilidad que ayuda a determinar cuándo la información pertenece a esta categoría CUI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje relacionado con divulgación, acceso, protección, liberación, diseminación o control de distribución relevante para el manejo. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje sobre violaciones, sanciones, penalizaciones o aplicación que puede afectar las consecuencias por manejo indebido.
  • La designación del registro para esta categoría es Básico con banner CUI.

Significado extraído de la autoridad

  • Página 1615 TÍTULO 42—LA SALUD PÚBLICA Y EL BIENESTAR § 405
  • Contexto de designación del registro: Básico, CUI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de alcance de categoría o aplicabilidad que ayuda a determinar cuándo la información pertenece a esta categoría CUI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje relacionado con divulgación, acceso, protección, liberación, diseminación o control de distribución relevante para el manejo. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje sobre violaciones, sanciones, penalizaciones o aplicación que puede afectar las consecuencias por manejo indebido.

Condiciones operativas

  • Ámbito de categoría NARA utilizado con esta autoridad: Relacionado con información contenida dentro de un documento oficial emitido por un registro público que verifica que una persona ha fallecido, con información como la fecha y hora del fallecimiento, la causa de la muerte y la firma del médico tratante o examinador.
  • Ámbito de categoría DoD utilizado con esta autoridad: Relacionado con información contenida dentro de un documento oficial emitido por un registro público que verifica que una persona ha fallecido, con información como la fecha y hora del fallecimiento, la causa de la muerte y la firma del médico tratante o examinador.
  • 42 USC 405(r)(5) | estado: Básico | banner: CUI
  • El DoD lista esta autoridad para la categoría; el texto de la autoridad vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.
  • Estado del registro NARA: Básico. Valores por autoridad del estado NARA: Básico. Evidencia del marcado del banner de NARA: CUI. La evidencia del registro se conserva aquí; el análisis detallado del texto de la ley o regulación primaria permanece pendiente para esta categoría.
  • Ámbito de la categoría NARA: Relacionado con información contenida dentro de un documento oficial emitido por un registro público que verifica que una persona ha fallecido, con información como la fecha y hora del fallecimiento, la causa de la muerte y la firma del médico tratante o examinador.
  • Ámbito de la categoría DoD: Relacionado con información contenida dentro de un documento oficial emitido por un registro público que verifica que una persona ha fallecido, con información como la fecha y hora del fallecimiento, la causa de la muerte y la firma del médico tratante o examinador.
  • Condición de autoridad extraída: Este estudio incluirá un examen de los métodos disponibles para conciliar los registros de nacimientos hospitalarios con las inscripciones de nacimiento presentadas a agencias de los Estados y subdivisiones políticas de los mismos y con la información proporcionada al Comisionado como parte del proceso de enumeración en el nacimiento. ‘‘(2) INFORME.— ‘‘(A) EN GENERAL.—No más tarde de 18 meses después de la fecha de promulgación de esta Ley, el Comisionado deberá entregar un informe al Comité de Medios y Arbitrios de la Cámara de Representantes y al Comité de Finanzas del Senado sobre los resultados del estudio realizado bajo el párrafo (1). ‘‘(B) CONTENIDO.—El informe entregado bajo el subpárrafo (A) contendrá las recomendaciones de cambios legislativos que el Comisionado considere necesarios para implementar las mejoras necesarias en el proceso de enumeración en el nacimiento. ‘‘(e) AUTORIZACIÓN DE APROPIACIONES.—Se autorizan asignaciones al Comisionado del Seguro Social, para cada uno de los años fiscales 2005 a 2009, por las sumas que sean necesarias para llevar a cabo esta sección.’’ DESARROLLO DE PROTOTIPO DE TARJETA DE SEGURO SOCIAL RESISTENTE A FALSIFICACIONES Pub.
  • Condición de autoridad extraída: L. 103–296, título I, § 108(b)(10)(B), 15 de agosto de 1994, 108 Stat. 1483, establece que: ‘‘El Comisionado del Seguro Social deberá presentar anualmente al Comité de Medios y Arbitrios de la Cámara de Representantes y al Comité de Finanzas del Senado un informe sobre la medida en que el Comisionado ha ejercido su autoridad para revisar casos de derecho a beneficios mensuales bajo el título II de la Ley del Seguro Social [42 U.S.C. 401 y ss.] y casos de ingreso suplementario de seguridad bajo el título XVI de dicha Ley [42 U.S.C. 1381 y ss.], y la medida en que los casos revisados fueron aquellos que implicaron una alta probabilidad o certeza de fraude.’’ INFORME SOBRE LA VIABILIDAD DE OBTENER ACCESO RÁPIDO A CIERTOS REGISTROS DE FRAUDE CRIMINAL Pub.
  • Condición de autoridad extraída: (2)(A) Con base en la información obtenida o presentada al Comisionado del Seguro Social, y tras la verificación que el Comisionado considere necesaria, el Comisionado del Seguro Social establecerá y mantendrá registros de las cantidades de salarios pagados, y los ingresos por trabajo por cuenta propia derivados por, cada individuo y de los períodos en los cuales dichos salarios fueron pagados y dichos ingresos fueron obtenidos y, a solicitud, informará a cualquier individuo o su sobreviviente, o al representante legal,
  • Condición de autoridad extraída: (II) Los párrafos (1), (2) y (3) de la sección 7213(a) del Código de Rentas Internas de 1986 se aplicarán con respecto a la divulgación intencionada no autorizada a cualquier persona de números de cuenta de seguro social y registros relacionados obtenidos o mantenidos por una persona autorizada según una disposición legal promulgada a partir del 1 de octubre de 1990, de la misma manera y en la misma medida en que dichos párrafos se aplican con respecto a divulgaciones no autorizadas de información sobre declaraciones y declaraciones descritas en dichos párrafos.
  • Condición de autoridad extraída: (r) Uso de certificados de defunción para corregir la información del programa (1) El Comisionado del Seguro Social se encargará de establecer un programa bajo el cual— (A) Los Estados (o subdivisiones políticas de los mismos) contraten voluntariamente con el Comisionado del Seguro Social para proporcionar periódicamente al Comisionado del Seguro Social información (en una forma establecida por el Comisionado del Seguro Social en consulta con los Estados) sobre individuos respecto a quienes se hayan presentado oficialmente certificados de defunción (u otros documentos equivalentes mantenidos por los Estados o subdivisiones); y (B) se realizará (i) una comparación de dicha información sobre dichos individuos con la información sobre dichos individuos en los registros que se usan en la administración de este capítulo, (ii) la validación de los resultados de tales comparaciones, y (iii) correcciones en dichos registros para reflejar con exactitud el estado de dichos individuos.

Controles de salvaguarda y difusión

  • Evidencia de control del registro NARA: estado Básico; marcaje de banner CUI.
  • Políticas aplicables de DoD: Hospedado por la Actividad de Información de Guerra del Departamento - WEB.mil, ![Imagen 2: Número de la Línea de Crisis para Veteranos. Marque 988 y luego presione 1
  • Nara básico o especificado: Básico
  • Filas de autoridad Nara: 42 USC 405(r)(5) | estado: Básico | banner: CUI
  • Marcas de banner Nara: CUI
  • Políticas aplicables del DoD: Organizado por Department of War Information Activity - WEB.mil, ![Imagen 2: Número de la Línea de Crisis para Veteranos. Marque 988 y luego presione 1
  • No se lista ningún control de difusión requerido por DoD en la página del registro. Aplique controles de difusión limitados aprobados solo cuando lo requiera o permita la agencia designante o la autoridad gobernante.
  • Use primero las afirmaciones del registro, las filas de autoridad de NARA, las autoridades de DoD, las políticas de DoD, las declaraciones de advertencia, los controles de difusión requeridos y los ejemplos. Cuando la autoridad citada no especifique un detalle de manejo, aplique las salvaguardas básicas de CUI y las reglas de difusión siempre que no entren en conflicto con la autoridad o los controles específicos de la agencia.
  • Control de autoridad extraído: El Secretario de Agricultura proveerá las demás salvaguardas que el Secretario de Salud y Servicios Humanos determine que sean necesarias o apropiadas para proteger la confidencialidad de los números de cuenta de seguro social.’’ Subsec.
  • Control de autoridad extraído: (5) El Comisionado del Seguro Social podrá usar o proveer el uso de los registros que puedan ser corregidos bajo esta sección, sujetos a las salvaguardas que el Comisionado del Seguro Social determine necesarias o apropiadas para proteger la información de uso o divulgación no autorizados, para actividades estadísticas y de investigación realizadas por agencias federales y estatales.
  • Control de autoridad extraído: (8)(A) El Comisionado del Seguro Social deberá, a solicitud del funcionario responsable de una agencia estatal de licencias de conducir conforme a la Ley de Ayuda a América para Votar de 2002— (i) celebrar un acuerdo con dicho funcionario para el propósito de verificar información aplicable, siempre y cuando se cumplan los requisitos de los subpárrafos (A) y (B) del párrafo (3); y (ii) incluir en dicho acuerdo salvaguardas para asegurar el mantenimiento de la confidencialidad de cualquier información aplicable divulgada y procedimientos que permitan a dicha agencia usar la información aplicable para mantener sus registros.
  • Control de autoridad extraído: (9)(A) El Comisionado del Seguro Social deberá, a solicitud del Secretario o del Inspector General del Departamento de Salud y Servicios Humanos— (i) celebrar un acuerdo con el Secretario o dicho Inspector General para el propósito de comparar datos en el sistema de registros de la Administración del Seguro Social y el sistema de registros del Departamento de Salud y Servicios Humanos; y (ii) incluir en dicho acuerdo salvaguardas para asegurar el mantenimiento de la confidencialidad de cualquier información divulgada.
  • Control de autoridad extraído: (x) El Secretario de Salud y Servicios Humanos, y los Intercambios establecidos bajo la sección 1311 de la Ley de Protección al Paciente y Cuidado de Salud Asequible [42 U.S.C. 18031], están autorizados a recopilar y usar los nombres y números de cuenta de seguro social de individuos según sea necesario para administrar las disposiciones de, y las enmiendas hechas por, dicha Ley. 3
  • Control de autoridad extraído: L. 103–296, título I, § 108(b)(10)(B), 15 de agosto de 1994, 108 Stat. 1483, establece que: ‘‘El Comisionado del Seguro Social deberá presentar anualmente al Comité de Medios y Arbitrios de la Cámara de Representantes y al Comité de Finanzas del Senado un informe sobre la medida en que el Comisionado ha ejercido su autoridad para revisar casos de derecho a beneficios mensuales bajo el título II de la Ley del Seguro Social [42 U.S.C. 401 y ss.] y casos de ingreso suplementario de seguridad bajo el título XVI de dicha Ley [42 U.S.C. 1381 y ss.], y la medida en que los casos revisados fueron aquellos que implicaron una alta probabilidad o certeza de fraude.’’ INFORME SOBRE LA VIABILIDAD DE OBTENER ACCESO RÁPIDO A CIERTOS REGISTROS DE FRAUDE CRIMINAL Pub.
  • Control de autoridad extraído: (8) Una traducción al inglés por un tercero de una declaración hecha en un idioma extranjero por un solicitante o beneficiario de beneficios mensuales bajo este subcapítulo no se considerará fiable para ningún propósito bajo este subcapítulo a menos que el tercero, bajo pena de perjurio— (A) certifique que la traducción es precisa; y (B) revele la naturaleza y alcance de la relación entre el tercero y el solicitante o beneficiario, según sea el caso.

Extractos de la autoridad

Pasaje de autoridad extraído más relevante

El Secretario de Agricultura proveerá las demás salvaguardas que el Secretario de Salud y Servicios Humanos determine que sean necesarias o apropiadas para proteger la confidencialidad de los números de cuenta de seguro social.’’ Subsec.

Pasaje de autoridad extraído 2

(5) El Comisionado del Seguro Social podrá usar o proveer el uso de los registros que puedan ser corregidos bajo esta sección, sujetos a las salvaguardas que el Comisionado del Seguro Social determine necesarias o apropiadas para proteger la información de uso o divulgación no autorizados, para actividades estadísticas y de investigación realizadas por agencias federales y estatales.

Pasaje de autoridad extraído 3

(8)(A) El Comisionado de la Seguridad Social, a solicitud del funcionario responsable de una agencia estatal de licencias de conducir conforme a la Ley Help America Vote Act de 2002— (i) celebrará un acuerdo con dicho funcionario con el propósito de verificar la información aplicable, siempre que se cumplan los requisitos de los subpárrafos (A) y (B) del párrafo (3); y (ii) incluirá en dicho acuerdo salvaguardias para asegurar el mantenimiento de la confidencialidad de cualquier información aplicable divulgada y procedimientos que permitan a dicha agencia usar la información aplicable con el fin de mantener sus registros.

Pasaje de autoridad extraído 4

(9)(A) El Comisionado de la Seguridad Social, a solicitud del Secretario o del Inspector General del Departamento de Salud y Servicios Humanos— (i) celebrará un acuerdo con el Secretario o con dicho Inspector General con el propósito de cotejar datos en el sistema de registros de la Administración de la Seguridad Social y el sistema de registros del Departamento de Salud y Servicios Humanos; y (ii) incluirá en dicho acuerdo salvaguardias para asegurar el mantenimiento de la confidencialidad de cualquier información divulgada.

Pasaje de autoridad extraído 5

(x) El Secretario de Salud y Servicios Humanos, y los Intercambios establecidos bajo la sección 1311 de la Ley de Protección al Paciente y Cuidado de Salud Asequible [42 U.S.C. 18031], están autorizados a recopilar y usar los nombres y números de cuenta de la seguridad social de los individuos según sea necesario para administrar las disposiciones de, y las enmiendas hechas por, dicha Ley. 3

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Listado por: Autoridades relacionadas

Evidencia de designación

  • Evidencia de autoridad relacionada: DoD enumera esta política aplicable para la categoría; el texto de la política vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.
  • HTTP 403
  • La designación del registro para esta categoría es Básico con banner CUI.

Significado extraído de la autoridad

  • Presentado por la Actividad de Información del Departamento de Guerra - texto de autoridad WEB.mil
  • HTTP 403
  • Estado de extracción del texto de autoridad: error_http (HTTP 403).

Condiciones operativas

  • DoD lista esta política aplicable para la categoría; el texto de la política vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.

Controles de salvaguarda y difusión

Ninguno listado

![Image 2: Veterans Crisis Line number. Dial 988 then Press 1

Listado por: Autoridades relacionadas

Evidencia de designación

  • Evidencia de autoridad relacionada: DoD enumera esta política aplicable para la categoría; el texto de la política vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.
  • HTTP 403
  • La designación del registro para esta categoría es Básico con banner CUI.

Significado extraído de la autoridad

  • ![Imagen 2: Número de la Línea de Crisis para Veteranos. Marque 988 y luego Presione 1 texto de autoridad
  • HTTP 403
  • Estado de extracción del texto de autoridad: error_http (HTTP 403).

Condiciones operativas

  • DoD lista esta política aplicable para la categoría; el texto de la política vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.

Controles de salvaguarda y difusión

Ninguno listado