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Safeguards Information

De conformidad con 42 USC 2011, y según se define en 10 CFR 73.2, SGI se relaciona con información relacionada con la seguridad que concierne a la protección física de materiales fuente, productos secundarios o materiales nucleares especiales y las medidas detalladas de seguridad para instalaciones e información contenida dentro de planes de seguridad.

Estado del registroNARA y DoD
MarcadoSGI
Grupo de índice organizacionalNuclear
Actualizado2026-05-15

Esta página expone el análisis extraído del registro CUI y de las autoridades como texto rastreable. El explorador interactivo sigue siendo el espacio operativo para filtrar, comparar y estudiar con el agente de voz.

Comparación de registros

Campo Registro NARA Registro DoD
Descripción de la categoría De conformidad con 42 USC 2011, y según se define en 10 CFR 73.2, SGI se relaciona con información relacionada con la seguridad que concierne a la protección física de materiales fuente, productos secundarios o materiales nucleares especiales y las medidas detalladas de seguridad para instalaciones e información contenida dentro de planes de seguridad. Información relacionada con la seguridad que concierne a la protección física de materiales fuente, productos secundarios o materiales nucleares especiales y las medidas detalladas de seguridad para instalaciones e información contenida dentro de planes de seguridad.
Marcado de categoría SGI SGI
Marcado de banner CUI//SP-SGI Sin campo correspondiente
Básico o Especificado Especificado Sin campo correspondiente
Autoridades 10 CFR 73 10 CFR 73
Políticas DoD aplicables Sin campo correspondiente Ninguno listado
Declaración de advertencia requerida Sin campo correspondiente Ninguno listado
Control de difusión requerido CUI//SP-SGI Ninguno listado
Ejemplos Sin campo correspondiente Medidas de protección, ​Medidas compensatorias provisionales, Plan físico de seguridad compuesto para la instalación/sitio, Características de diseño específicas del sitio de los sistemas de comunicaciones de seguridad de la planta, Órdenes y procedimientos de seguridad física emitidos por el titular de la licencia para los miembros de la organización de seguridad que detallan códigos de coacción, rutas y horarios de patrullaje, o respuestas a eventos de contingencia de seguridad, Combinaciones de cerraduras, diseño de llaves mecánicas o contraseñas integrales al sistema de seguridad física, Descripciones de actividades de seguridad que revelan características del sistema de seguridad física o medidas de respuesta Información relacionada con fuerzas de respuesta internas o externas, incluyendo tamaño, armamento de las fuerzas de respuesta, y tiempos de llegada de dichas fuerzas comprometidas a responder a eventos de contingencia de seguridad, Dibujos específicos del sitio, diagramas, bocetos o mapas que representan sustancialmente las características finales de diseño del sistema de seguridad física, Distribución de sistemas de alarma que muestran la ubicación de dispositivos de detección de intrusión, equipos de evaluación de alarmas, cableado del sistema de alarma, fuentes de energía de emergencia para equipos de seguridad y alarmas de coacción
Fecha del registro July 29, 2025 2026-05-15

Análisis de la autoridad

Título de la autoridad
Evidencia de autoridad del registro compilada; análisis del texto de autoridad primaria pendiente
Autoridades
10 CFR 73
Vigencia de la fuente
Última revisión de NARA: 29 de julio de 2025 | Detalle DoD consultado: 2026-05-15
Cómo opera la autoridad
Estado del registro NARA: Especificado. Valores de estado de NARA por autoridad: Especificado. Evidencia de marcado de banner NARA: CUI//SP-SGI. La evidencia del registro se preserva aquí; el análisis detallado de texto primario de leyes o regulaciones permanece pendiente para esta categoría.

Condiciones desencadenantes

  • Alcance de la categoría NARA: De conformidad con 42 USC 2011, y según se define en 10 CFR 73.2, SGI se relaciona con información relacionada con la seguridad que concierne a la protección física de materiales fuente, productos secundarios o materiales nucleares especiales y las medidas detalladas de seguridad para instalaciones e información contenida dentro de planes de seguridad.
  • Alcance de la categoría DoD: Información relacionada con la seguridad que concierne a la protección física de materiales fuente, productos secundarios o materiales nucleares especiales y las medidas detalladas de seguridad para instalaciones e información contenida dentro de planes de seguridad.

Información cubierta

  • Medidas de protección
  • ​Medidas compensatorias provisionales
  • Plan físico de seguridad compuesto para la instalación/sitio
  • Características de diseño específicas del sitio de los sistemas de comunicaciones de seguridad de la planta
  • Órdenes y procedimientos de seguridad física emitidos por el titular de la licencia para los miembros de la organización de seguridad que detallan códigos de coacción, rutas y horarios de patrullaje, o respuestas a eventos de contingencia de seguridad
  • Combinaciones de cerraduras, diseño de llaves mecánicas o contraseñas integrales al sistema de seguridad física
  • Descripciones de actividades de seguridad que revelan características del sistema de seguridad física o medidas de respuesta. Información relacionada con fuerzas de respuesta en el sitio o externas, incluyendo tamaño, armamento de las fuerzas de respuesta y tiempos de llegada de tales fuerzas comprometidas a responder a eventos de contingencia de seguridad.
  • Planos, diagramas, bocetos o mapas específicos del sitio que representan sustancialmente las características finales del diseño del sistema de seguridad física.
  • Disposiciones del sistema de alarma que muestran la ubicación de dispositivos de detección de intrusiones, equipos de evaluación de alarma, cableado del sistema de alarma, fuentes de alimentación de emergencia para equipos de seguridad, y alarmas de coacción.
  • Información descrita en el registro: Conforme a 42 USC 2011 y siguientes, y según se define en 10 CFR 73.2, SGI se relaciona con información relacionada con la seguridad respecto a la protección física de material nuclear fuente, subproducto o especial y las medidas detalladas de seguridad para instalaciones e información contenida en planes de seguridad.
  • Información descrita por DoD: Información relacionada con la seguridad respecto a la protección física de material nuclear fuente, subproducto o especial y las medidas detalladas de seguridad para instalaciones e información contenida en planes de seguridad.

Controles especificados

Nara básico o especificado
Especificado
Filas de autoridad Nara
10 CFR 73 | estado: Especificado | banner: CUI//SP-SGI | sanciones: 10 CFR 73.81
Marcajes de banner Nara
CUI//SP-SGI
Sanciones Nara
10 CFR 73.81

Controles de salvaguarda y difusión

Registro NARA
CUI//SP-SGI
Registro DoD
Ninguno listado
Análisis de la autoridad
No se lista ningún control de difusión requerido por DoD en la página del registro. Aplique controles de difusión limitados aprobados solo cuando lo requiera o permita la agencia designante o la autoridad gobernante.
Básico o Especificado
Use primero las afirmaciones del registro, las filas de autoridad de NARA, las autoridades de DoD, las políticas de DoD, las declaraciones de advertencia, los controles de difusión requeridos y los ejemplos. Cuando la autoridad citada no especifique un detalle de manejo, aplique las salvaguardas básicas de CUI y las reglas de difusión siempre que no entren en conflicto con la autoridad o los controles específicos de la agencia.

Autoridades relacionadas

Detalle autoridad por autoridad

10 CFR 73

Listado por: Registro NARA, Registro DoD, Autoridades relacionadas

Evidencia de designación

  • Fila de autoridad NARA: 10 CFR 73 | estado: Especificado | banner: CUI//SP-SGI.
  • Campo de sanciones NARA: 10 CFR 73.81.
  • Fila de autoridad DoD: 10 CFR 73. DoD incluye esta cita para la categoría; esta página de detalle DoD no muestra un campo Básico/Especificado separado.
  • Evidencia de autoridad relacionada: 10 CFR 73 | estado: Especificado | banner: CUI//SP-SGI | sanciones: 10 CFR 73.81
  • Evidencia de autoridad relacionada: El DoD lista esta autoridad para la categoría; el texto de la autoridad vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.
  • Contexto de designación en el registro: Especificado, CUI//SP-SGI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de ámbito o aplicabilidad de categoría que ayuda a determinar cuándo la información encuadra dentro de esta categoría CUI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje relativo al control de divulgación, acceso, protección, liberación, diseminación o distribución relevante para el manejo. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje sobre violaciones, penalizaciones, sanciones o cumplimiento que puede afectar las consecuencias por mal manejo.
  • La designación en el registro para esta categoría es Especificado con banner CUI//SP-SGI.

Significado extraído de la autoridad

  • PARTE 73—PROTECCIÓN FÍSICA
  • Contexto de designación en el registro: Especificado, CUI//SP-SGI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de ámbito o aplicabilidad de categoría que ayuda a determinar cuándo la información encuadra dentro de esta categoría CUI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje relativo al control de divulgación, acceso, protección, liberación, diseminación o distribución relevante para el manejo. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje sobre violaciones, penalizaciones, sanciones o cumplimiento que puede afectar las consecuencias por mal manejo.

Condiciones operativas

  • Ámbito de categoría NARA usado con esta autoridad: Conforme a 42 USC 2011 y siguientes, y según se define en 10 CFR 73.2, SGI se refiere a información relacionada con la seguridad sobre la protección física de material nuclear fuente, subproducto o especial y las medidas detalladas de seguridad para instalaciones e información contenida en planes de seguridad.
  • Ámbito de categoría DoD usado con esta autoridad: Información relacionada con la seguridad sobre la protección física de material nuclear fuente, subproducto o especial y las medidas detalladas de seguridad para instalaciones e información contenida en planes de seguridad.
  • 10 CFR 73 | estado: Especificado | banner: CUI//SP-SGI | sanciones: 10 CFR 73.81
  • El DoD lista esta autoridad para la categoría; el texto de la autoridad vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.
  • Estado del registro NARA: Especificado. Valores de estado de NARA por autoridad: Especificado. Evidencia de marcado de banner NARA: CUI//SP-SGI. La evidencia del registro se preserva aquí; el análisis detallado de texto primario de leyes o regulaciones permanece pendiente para esta categoría.
  • Alcance de la categoría NARA: De conformidad con 42 USC 2011, y según se define en 10 CFR 73.2, SGI se relaciona con información relacionada con la seguridad que concierne a la protección física de materiales fuente, productos secundarios o materiales nucleares especiales y las medidas detalladas de seguridad para instalaciones e información contenida dentro de planes de seguridad.
  • Alcance de la categoría DoD: Información relacionada con la seguridad que concierne a la protección física de materiales fuente, productos secundarios o materiales nucleares especiales y las medidas detalladas de seguridad para instalaciones e información contenida dentro de planes de seguridad.
  • Condición de autoridad extraída: La toma de huellas dactilares, y las verificaciones de identificación y antecedentes penales requeridas por la sección 149 de la Ley de Energía Atómica de 1954, con sus enmiendas, y otros elementos de las verificaciones de antecedentes no son requeridos para las siguientes personas antes de otorgar acceso a Información de Salvaguardias, incluida Información de Salvaguardias designada como Manejo Modificado de Información de Salvaguardias según se define en 10 CFR 73.2: (a) Un empleado de la Comisión o del Poder Ejecutivo del gobierno de los Estados Unidos que haya pasado
  • Condición de autoridad extraída: (5) El licenciante deberá conservar todos los registros de huellas digitales y antecedentes penales recibidos del FBI, o una copia si el archivo del individuo ha sido transferido, sobre un individuo (incluidos datos que indiquen ausencia de antecedentes) durante un año después de la terminación o denegación de acceso sin escolta a la instalación nuclear, instalación de reactor no alimentado, o acceso a Información de Salvaguardias.
  • Condición de autoridad extraída: (3) Las categorías de individuos especificadas en 10 CFR 73.59 están exentas de los requisitos de verificación de antecedentes penales y verificaciones de antecedentes en los párrafos (b)(1) y (b)(2) de esta sección en virtud de su estatus ocupacional: (4) Para las personas que participan en un procedimiento adjudicatorio del NRC, la determinación de "necesidad de saber" será realizada por el originador de la Información de Salvaguardias designada como Manejo Modificado de Información de Salvaguardias al recibir una solicitud de acceso a dicha Información de Salvaguardias.
  • Condición de autoridad extraída: 465 Comisión Reguladora Nuclear § 73.2 intención de presentar una solicitud de licencia, certificación, permiso o aprobación de un producto o actividad sujeto a regulación de la Comisión, están obligados bajo § 73.57 a realizar verificación de huellas digitales y antecedentes penales antes de conceder acceso a Información de Salvaguardias.

Controles de salvaguarda y difusión

  • Evidencia de control de registro NARA: estado Especificado; marca banner CUI//SP-SGI.
  • Básico o especificado de NARA: Especificado
  • Filas de autoridad NARA: 10 CFR 73 | estado: Especificado | banner: CUI//SP-SGI | sanciones: 10 CFR 73.81
  • Marcas de banner NARA: CUI//SP-SGI
  • Sanciones NARA: 10 CFR 73.81
  • No se lista ningún control de difusión requerido por DoD en la página del registro. Aplique controles de difusión limitados aprobados solo cuando lo requiera o permita la agencia designante o la autoridad gobernante.
  • Use primero las afirmaciones del registro, las filas de autoridad de NARA, las autoridades de DoD, las políticas de DoD, las declaraciones de advertencia, los controles de difusión requeridos y los ejemplos. Cuando la autoridad citada no especifique un detalle de manejo, aplique las salvaguardas básicas de CUI y las reglas de difusión siempre que no entren en conflicto con la autoridad o los controles específicos de la agencia.
  • Control de autoridad extraído: El conocimiento de las combinaciones de cerraduras o el acceso a llaves que protegen Información de Salvaguardias designada como Manejo Modificado de Información de Salvaguardias debe limitarse a un mínimo número de personal para propósitos operativos que tengan una "necesidad de saber" y que estén autorizados de otra forma a acceder a la Información de Salvaguardias conforme a las disposiciones de esta Parte.
  • Control de autoridad extraído: Información de Salvaguardias significa información no clasificada como Información de Seguridad Nacional o Datos Restringidos que identifica específicamente los procedimientos detallados de control y contabilidad de un licenciante o solicitante para la protección física de material nuclear especial en cantidades determinadas por la Comisión por orden o regulación como significativas para la salud y seguridad pública o la defensa y seguridad comunes; medidas detalladas de seguridad (incluyendo planes de seguridad, procedimientos y equipos) para la protección física de material fuente, subproducto o especial en cantidades determinadas por la Comisión por orden o regulación como significativas para la salud y seguridad pública o la defensa y seguridad comunes; medidas de seguridad para la protección física y ubicación de ciertos equipos de planta vitales para la seguridad de las instalaciones de producción o utilización; y cualquier otra información dentro del ámbito de la Sección 147 de la Ley de Energía Atómica de 1954, según enmendada, cuya divulgación no autorizada, según determina la Comisión por orden o regulación, podría razonablemente esperarse que tenga un efecto adverso significativo en la salud y seguridad del público o en la defensa y seguridad comunes al aumentar significativamente la probabilidad de sabotaje o robo o desviación de fuente, subproducto...
  • Control de autoridad extraído: El conocimiento de las combinaciones de cerraduras que protegen Información de Salvaguardias debe limitarse a un mínimo número de personal para propósitos operativos que tengan una "necesidad de saber" y estén autorizados de otra manera para acceder a Información de Salvaguardias conforme a las disposiciones de esta Parte.
  • Control de autoridad extraído: (v) El licenciante deberá desarrollar, mantener, revisar y aplicar procedimientos escritos de protección física para transporte que aborden lo siguiente: (A) Controles de acceso para asegurar que ninguna persona no autorizada tenga acceso al envío y a la Información de Salvaguardias; (B) Roles y responsabilidades del personal del centro de control de movimientos, conductores, escoltas armados y otras personas relativas a la seguridad del envío; (C) Reporte de eventos de salvaguardias bajo § 73.71 de esta parte; (D) Protocolos de comunicación que incluyan una estrategia para el uso de códigos de autenticación y coacción, la gestión de repostajes u otras paradas, desvíos y la pérdida de comunicaciones, temporal o permanentemente; y (E) Procedimientos operativos en condiciones normales.
  • Control de autoridad extraído: (1) Los licenciatarios deberán someter a las siguientes personas a un programa de autorización de acceso: (i) Cualquier individuo al que un licenciatario pretenda conceder acceso sin escolta a combustible nuclear gastado en tránsito, incluidos empleados de contratistas o proveedores; (ii) Cualquier individuo cuyas funciones y responsabilidades le permitan tomar acciones por medios físicos o electrónicos que podrían afectar negativamente la seguridad, protección o respuesta ante emergencias al combustible nuclear gastado en tránsito (es decir, personal de control de movimiento, conductores de vehículos u otras personas que acompañan los envíos de combustible nuclear gastado); (iii) Cualquier individuo cuyas funciones y responsabilidades incluyan la implementación del programa de protección física del licenciatario bajo § 73.37, incluyendo pero no limitándose a escoltas armados no pertenecientes a agencias policiales locales; (iv) Cualquier individuo cuyas funciones asignadas le proporcionen acceso a información de envíos de combustible nuclear gastado considerada como Información de Salvaguardias según § 73.22(a)(2); y (v) el funcionario revisador del programa de autorización de acceso del licenciatario.
  • Control de autoridad extraído: La primera página del documento u otro material debe contener también: (i) El nombre, título y organización del individuo autorizado para determinar Información de Salvaguardias, y que haya determinado que el documento u otro material contiene Información de Salvaguardias; (ii) La fecha en la que se hizo la determinación; y (iii) Una indicación de que la divulgación no autorizada estará sujeta a sanciones civiles y penales.
  • Control de autoridad extraído: La primera página del documento u otro material también debe contener: (i) El nombre, título y organización del individuo autorizado para tomar una determinación de ‘‘Información de Salvaguardas designada como Información de Salvaguardas-Manejo Modificado’’, y que ha determinado que el documento u otro material contiene Información de Salvaguardas designada como Información de Salvaguardas-Manejo Modificado; (ii) La fecha en que se tomó la determinación; y (iii) Una indicación de que la divulgación no autorizada estará sujeta a sanciones civiles y penales.

Extractos de la autoridad

Pasaje de autoridad extraído más relevante

El conocimiento de las combinaciones de cerraduras o el acceso a llaves que protegen la Información de Salvaguardas designada como Información de Salvaguardas-Manejo Modificado debe limitarse al mínimo número de personal para fines operativos que tenga una ‘‘necesidad de saber’’ y que esté autorizado para acceder a la Información de Salvaguardas conforme a las disposiciones de esta Parte.

Pasaje de autoridad extraído 2

Información de Salvaguardas significa información no clasificada como Información de Seguridad Nacional o Datos Restringidos que identifica específicamente los procedimientos detallados de control y contabilidad de un concesionario o solicitante para la protección física de material nuclear especial en cantidades determinadas por la Comisión a través de órdenes o regulaciones como significativas para la salud pública y seguridad o la defensa y seguridad común; medidas detalladas de seguridad (incluyendo planes de seguridad, procedimientos y equipos) para la protección física de material fuente, subproducto o especial en cantidades determinadas por la Comisión a través de órdenes o regulaciones como significativas para la salud pública y seguridad o la defensa y seguridad común; medidas de seguridad para la protección física y ubicación de ciertos equipos de plantas vitales para la seguridad de instalaciones de producción o utilización; y cualquier otra información dentro del alcance de la Sección 147 de la Ley de Energía Atómica de 1954, según enmendada, cuya divulgación no autorizada, según determine la Comisión a través de órdenes o regulaciones, podría razonablemente esperarse que tenga un efecto adverso significativo en la salud y seguridad del público o la defensa y seguridad común al aumentar significativamente la probabilidad de sabotaje o robo o desvío de fuente, subproducto,...

Pasaje de autoridad extraído 3

El conocimiento de las combinaciones de cerraduras que protegen la Información de Salvaguardas debe limitarse al mínimo número de personal para fines operativos que tenga una ‘‘necesidad de saber’’ y que esté autorizado para acceder a la Información de Salvaguardas conforme a las disposiciones de esta Parte.

Pasaje de autoridad extraído 4

(v) El concesionario deberá desarrollar, mantener, revisar e implementar procedimientos escritos de protección física para el transporte que aborden lo siguiente: (A) Controles de acceso para asegurar que ninguna persona no autorizada tenga acceso al envío y a la Información de Salvaguardas; (B) Roles y responsabilidades del personal del centro de control de movimiento, conductores, escoltas armados y otros individuos en relación con la seguridad del envío; (C) Reporte de eventos de salvaguardas conforme a § 73.71 de esta parte; (D) Protocolos de comunicaciones que incluyan una estrategia para el uso de autenticación y códigos de coacción, la gestión de reabastecimientos u otras paradas, desvíos, y la pérdida temporal o permanente de comunicaciones; y (E) Procedimientos de operación en condiciones normales.

Pasaje de autoridad extraído 5

(1) Los concesionarios deberán someter a las siguientes personas a un programa de autorización de acceso: (i) Cualquier persona a quien el concesionario pretenda otorgar acceso sin escolta a combustible nuclear gastado en tránsito, incluyendo empleados de un contratista o proveedor; (ii) Cualquier persona cuyas funciones y responsabilidades le permitan tomar acciones por medios físicos o electrónicos que puedan afectar negativamente la seguridad, protección o la respuesta a emergencias relacionadas con combustible nuclear gastado en tránsito (por ejemplo, personal de control de movimiento, conductores de vehículos, u otras personas que acompañen envíos de combustible nuclear gastado); (iii) Cualquier persona cuyas funciones y responsabilidades incluyan implementar el programa de protección física del concesionario bajo § 73.37, incluyendo pero no limitado a escoltas armados no pertenecientes a agencias policiales locales (non-LLEA); (iv) Cualquier persona cuyas funciones y responsabilidades asignadas le otorguen acceso a información sobre envíos de combustible nuclear gastado considerada Información de Salvaguardas bajo § 73.22(a)(2); y (v) El funcionario que revise el programa de autorización de acceso del concesionario.

Pasaje de autoridad extraído 6

La toma de huellas dactilares, y las verificaciones de identificación y antecedentes penales requeridas por la sección 149 de la Ley de Energía Atómica de 1954, con sus enmiendas, y otros elementos de las verificaciones de antecedentes no son requeridos para las siguientes personas antes de otorgar acceso a Información de Salvaguardias, incluida Información de Salvaguardias designada como Manejo Modificado de Información de Salvaguardias según se define en 10 CFR 73.2: (a) Un empleado de la Comisión o del Poder Ejecutivo del gobierno de los Estados Unidos que haya pasado