42 USC 2201(b)
Listado por: Registro DoD, Autoridades relacionadas
Evidencia de designación
- Fila de autoridad DoD: 42 USC 2201(b). DoD enumera esta cita para la categoría; esta página de detalles DoD no muestra un campo Básico/Especificado separado.
- Evidencia de autoridad relacionada: El DoD lista esta autoridad para la categoría; el texto de la autoridad vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.
- Contexto de designación del registro: Especificado. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de ámbito o aplicabilidad de categoría que ayuda a determinar cuándo la información cae dentro de esta categoría CUI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de divulgación, acceso, protección, liberación, diseminación o control de distribución relevante para el manejo. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de violación, penalización, sanción o aplicación que puede afectar las consecuencias por manejo indebido.
- La designación del registro para esta categoría es Especificado.
Significado extraído de la autoridad
- Página 4817 TÍTULO 42—LA SALUD PÚBLICA Y EL BIENESTAR § 2201
- Contexto de designación del registro: Especificado. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de ámbito o aplicabilidad de categoría que ayuda a determinar cuándo la información cae dentro de esta categoría CUI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de divulgación, acceso, protección, liberación, diseminación o control de distribución relevante para el manejo. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de violación, penalización, sanción o aplicación que puede afectar las consecuencias por manejo indebido.
Condiciones operativas
- Ámbito de la categoría DoD usado con esta autoridad: Información que podría ser útil, o razonablemente se podría esperar que sea útil, para un terrorista en un ataque potencial incluyendo la ubicación exacta y cantidades de material radiactivo, ciertos dibujos de diseño detallados, información sobre instalaciones cercanas, información de planificación de emergencias y ciertas evaluaciones de vulnerabilidad y análisis de seguridad.
- El DoD lista esta autoridad para la categoría; el texto de la autoridad vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.
- Estado del registro NARA: Especificado. Valores de estado por autoridad NARA: Especificado. Evidencia de marcación de banner NARA: CUI//SP-SRI. La evidencia del registro se conserva aquí; el análisis detallado del texto de la ley primaria o reglamento para esta categoría sigue pendiente.
- Ámbito de la categoría NARA: Relacionado con información que podría ser útil, o razonablemente se podría esperar que sea útil, para un terrorista en un ataque potencial que no califique como Información de Salvaguardas o clasificada, incluyendo la ubicación exacta y cantidades de material radiactivo, ciertos dibujos de diseño detallados, información sobre instalaciones cercanas, información de planificación de emergencias y ciertas evaluaciones de vulnerabilidad y análisis de seguridad.
- Ámbito de la categoría DoD: Información que podría ser útil, o razonablemente se podría esperar que sea útil, para un terrorista en un ataque potencial incluyendo la ubicación exacta y cantidades de material radiactivo, ciertos dibujos de diseño detallados, información sobre instalaciones cercanas, información de planificación de emergencias y ciertas evaluaciones de vulnerabilidad y análisis de seguridad.
- Declaración de advertencia requerida por el registro DoD: Información Relacionada con la Seguridad - Reservar según 10 CFR 2.390
- Condición de autoridad extraída: Auditoría del Contralor General N° no se dispondrá de fondos apropiados para los propósitos de este capítulo para pagos bajo cualquier contrato con la Comisión, negociado sin publicidad, excepto contratos con cualquier gobierno extranjero o cualquiera de sus agencias y contratos con productores extranjeros, a menos que dicho contrato incluya una cláusula con el efecto de que el Contralor General de los Estados Unidos o cualquiera de sus representantes debidamente autorizados tendrán, hasta la expiración de tres años después del pago final, acceso y derecho a examinar cualquier libro, documento, papel y registro directamente pertinente del contratista o cualquiera de sus subcontratistas involucrados en la ejecución de, y relacionadas con transacciones bajo dichos contratos o subcontratos: Siempre que, sin embargo, no se dispondrá de fondos apropiados para el pago bajo dicho contrato que incluya cualquier disposición que impida una auditoría por la Oficina de Responsabilidad Gubernamental de cualquier transacción bajo dicho contrato: Y además, que nada en esta sección impedirá la disposición anticipada de registros de contratistas y subcontratistas conforme a los programas de disposición de registros acordados entre la Comisión y la Oficina de Responsabilidad Gubernamental.
- Condición de autoridad extraída: (i) Planes de compensación (1) Después de cualquier incidente nuclear que implique daños que probablemente excedan la cantidad aplicable de responsabilidad pública agregada bajo el subpárrafo (A), (B) o (C) del subsección (e)(1), el Secretario o la Comisión, 1 según corresponda, deberán— (A) realizar una encuesta de las causas y la extensión de los daños; y (B) enviar rápidamente un informe con los resultados de dicha encuesta al Congreso, a los Representantes de los distritos afectados, a los Senadores de los Estados afectados y (excepto por información que cause un daño grave a la defensa nacional de los Estados Unidos) al público, a las partes involucradas y a los tribunales.
- Condición de autoridad extraída: Página 4841 TÍTULO 42—LA SALUD PÚBLICA Y EL BIENESTAR § 2210 ‘‘(A)(i) un estudio de gases arteriales; o ‘‘(ii) un diagnóstico escrito por un médico que cumpla con los requisitos de la subsección (c)(1); y ‘‘(B)(i) una radiografía de tórax realizada de acuerdo con técnicas estándar y los informes interpretativos de un máximo de dos lectores clasificados como ‘B’ por el Instituto Nacional de Salud Ocupacional y Seguridad que clasifican la existencia de la enfermedad respiratoria no maligna en categoría 1/0 o superior según un informe de 1989 de la Oficina Internacional del Trabajo (conocido como ‘ILO’), o revisiones posteriores; ‘‘(ii) exploraciones por tomografía computarizada de alta resolución (comúnmente conocidas como ‘HRCT scans’) (incluyendo tomografías asistidas por computadora (conocidas como ‘CAT scans’), resonancias magnéticas (conocidas como ‘MRI scans’), y tomografías por emisión de positrones (conocidas como ‘PET scans’)) e informes interpretativos de dichas exploraciones; ‘‘(iii) informes de patología de biopsias de tejido; o ‘‘(iv) pruebas de función pulmonar que indiquen función pulmonar restrictiva, según definido por la Sociedad Torácica Estadounidense; ‘‘(6) el término ‘cáncer de pulmón’— ‘‘(A) significa cualquier condición fisiológica del pulmón, tráquea o bronquio que sea reconocida como cáncer de pulmón por el Instituto Nacional del Cáncer; e ‘‘(B) incluye cánceres de pulmón in situ;...
- Condición de autoridad extraída: (b) Evaluación (1) En general Excepto lo dispuesto en el párrafo (2), la Comisión Reguladora Nuclear no celebrará ningún contrato, acuerdo o convenio a menos que determine, tras evaluar toda la información proporcionada bajo la subsección (a) y cualquier otra información disponible para la Comisión que— (A) es improbable que exista un conflicto de interés, o (B) dicho conflicto ha sido evitado tras incluir condiciones apropiadas en dicho contrato, acuerdo o convenio; excepto que si la Comisión determina que existe dicho conflicto de interés y que no puede ser evitado mediante la inclusión de condiciones adecuadas, la Comisión podrá celebrar dicho contrato, acuerdo o convenio si determina que es en el mejor interés de los Estados Unidos hacerlo e incluye condiciones apropiadas para mitigar dicho conflicto.
- Condición de autoridad extraída: (2) El Secretario de Comercio deberá, en la realización de cualquier investigación solicitada por el Secretario de Energía en virtud de esta sección, tener en cuenta cualquier información facilitada por el Secretario de Energía, incluyendo información sobre el impacto en la seguridad nacional de contratos proyectados o ejecutados u opciones para material fuente o material nuclear especial de fuentes extranjeras o si la capacidad de producción nacional es suficiente para abastecer los requerimientos de seguridad nacional proyectados.
Controles de salvaguarda y difusión
- Declaración de advertencia requerida por DoD: Información Relacionada con la Seguridad - Reservar según 10 CFR 2.390
- Básico o especificado de NARA: Especificado
- Filas de autoridad Nara: 42 USC 2201(b) NRC RIS 2005-31, Revisión 1 NRC RIS 2005-26 | estado: Especificado | banner: CUI//SP-SRI
- Marcados de banner Nara: CUI//SP-SRI
- Declaración de advertencia requerida por Dod: Información Relacionada con la Seguridad - Reservar según 10 CFR 2.390
- No se lista ningún control de difusión requerido por DoD en la página del registro. Aplique controles de difusión limitados aprobados solo cuando lo requiera o permita la agencia designante o la autoridad gobernante.
- Use primero las afirmaciones del registro, las filas de autoridad de NARA, las autoridades de DoD, las políticas de DoD, las declaraciones de advertencia, los controles de difusión requeridos y los ejemplos. Cuando la autoridad citada no especifique un detalle de manejo, aplique las salvaguardas básicas de CUI y las reglas de difusión siempre que no entren en conflicto con la autoridad o los controles específicos de la agencia.
- Control de autoridad extraído: Auditoría del Contralor General Ningún dinero apropiado para los propósitos de este capítulo estará disponible para pagos bajo cualquier contrato con la Comisión, negociado sin publicidad, excepto contratos con cualquier gobierno extranjero o cualquier agencia del mismo y contratos con productores extranjeros, a menos que dicho contrato incluya una cláusula en el sentido de que el Contralor General de los Estados Unidos o cualquiera de sus representantes debidamente autorizados tendrá, hasta la expiración de tres años después del pago final, acceso y derecho a examinar cualquier libro, documento, papel y registro directamente pertinente del contratista o cualquiera de sus subcontratistas comprometidos en la ejecución de, y que involucren transacciones relacionadas con dichos contratos o subcontratos: Siempre y cuando, sin embargo, que ningún dinero así apropiado estará disponible para pagos bajo dicho contrato que incluya alguna disposición que impida una auditoría por la Oficina de Responsabilidad Gubernamental de cualquier transacción bajo dicho contrato: Y se provee además, que nada en esta sección impedirá la disposición anticipada de los registros del contratista y subcontratistas de acuerdo con los calendarios de disposición de registros acordados entre la Comisión y la Oficina de Responsabilidad Gubernamental.
- Control de autoridad extraído: (e) Limitación de la responsabilidad pública agregada (1) La responsabilidad pública agregada por un solo incidente nuclear de personas indemnizadas, incluidos los costos legales autorizados para ser pagados bajo el inciso (o)(1)(D), no excederá— (A) en el caso de instalaciones diseñadas para producir cantidades sustanciales de electricidad y que tengan una capacidad nominal de 100,000 kilovatios eléctricos o más, la cantidad máxima de protección financiera requerida de dichas instalaciones bajo el inciso (b) (más cualquier recargo evaluado bajo el inciso (o)(1)(E)); (B) en el caso de contratistas con quienes el Secretario haya celebrado un acuerdo de indemnización bajo el inciso (d), la cantidad de indemnización y protección financiera que pueda requerirse bajo el párrafo (2) del inciso (d); y (C) en el caso de todos los demás licenciatarios de la Comisión requeridos a mantener protección financiera bajo esta sección— (i) $500,000,000, junto con la cantidad de protección financiera requerida del licenciatario; o (ii) si la cantidad de protección financiera requerida al licenciatario excede de $60,000,000, $560,000,000 o la cantidad de protección financiera requerida del licenciatario, la que sea mayor.
- Control de autoridad extraído: (E) Si la suma de las reclamaciones de responsabilidad pública y los costos legales autorizados bajo el párrafo (2) que surjan de cualquier incidente nuclear excede la cantidad máxima de protección financiera requerida bajo el inciso (b), cualquier licenciatario requerido a pagar una prima diferida estándar bajo el inciso (b)(1) deberá, además de dicha prima diferida, ser cobrada con la cantidad necesaria para pagar una parte prorrata de dichas reclamaciones y costos, pero en ningún caso más del 5 por ciento de la cantidad máxima de dicha prima diferida estándar descrita en dicho inciso.
- Control de autoridad extraído: Página 4846 TÍTULO 42—LA SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR § 2210c "(A) proyecciones de los requerimientos de uranio e inventarios de las utilidades nacionales; "(B) producción presente y futura proyectada de uranio por la industria minera y de molienda nacional; "(C) la penetración probable presente y futura del mercado nacional por importaciones extranjeras; "(D) el tamaño de las reservas nacionales y extranjeras de mineral; "(E) gastos y planes presentes y proyectados para la exploración nacional de uranio; "(F) empleo presente y proyectado e inversión de capital en la industria del uranio; "(G) una estimación del nivel de producción nacional de uranio necesaria para asegurar la existencia viable de una industria nacional del uranio y la protección de los intereses de seguridad nacional; "(H) una estimación del porcentaje de demanda nacional de uranio que debe ser satisfecha con producción nacional de uranio hasta el año 2000 para asegurar el nivel de producción nacional estimado necesario bajo el subinciso (G); "(I) una proyección de la producción nacional de uranio y nivel de los precios del uranio que estará vigente tanto bajo la política actual como en el caso de que el Congreso establezca restricciones a las importaciones extranjeras.
- Control de autoridad extraído: L. 109–58, título VI, § 656(b), 8 de agosto de 2005, 119 Stat. 814, dispuso que: "A más tardar un año después de la fecha de promulgación de esta Ley [8 de agosto de 2005], y de vez en cuando según considere necesario, la Comisión Reguladora Nuclear emitirá regulaciones que identifiquen materiales radiactivos o clases de individuos que, de acuerdo con la protección de la salud y seguridad públicas y la defensa y seguridad comunes, son excepciones apropiadas a los requisitos de la sección 170D [probablemente significa 170I] de la Ley de Energía Atómica de 1954 [42 U.S.C. 2210i], según se agregó por el inciso (a) de esta sección." EFECTO SOBRE OTRA LEY Pub.
Extractos de la autoridad
Pasaje de autoridad extraído más relevante
Auditoría del Contralor General Ningún dinero apropiado para los propósitos de este capítulo estará disponible para pagos bajo cualquier contrato con la Comisión, negociado sin publicidad, excepto contratos con cualquier gobierno extranjero o cualquier agencia del mismo y contratos con productores extranjeros, a menos que dicho contrato incluya una cláusula en el sentido de que el Contralor General de los Estados Unidos o cualquiera de sus representantes debidamente autorizados tendrá, hasta la expiración de tres años después del pago final, acceso y derecho a examinar cualquier libro, documento, papel y registro directamente pertinente del contratista o cualquiera de sus subcontratistas comprometidos en la ejecución de, y que involucren transacciones relacionadas con dichos contratos o subcontratos: Siempre y cuando, sin embargo, que ningún dinero así apropiado estará disponible para pagos bajo dicho contrato que incluya alguna disposición que impida una auditoría por la Oficina de Responsabilidad Gubernamental de cualquier transacción bajo dicho contrato: Y se provee además, que nada en esta sección impedirá la disposición anticipada de los registros del contratista y subcontratistas de acuerdo con los calendarios de disposición de registros acordados entre la Comisión y la Oficina de Responsabilidad Gubernamental.
Pasaje de autoridad extraído 2
(e) Limitación de la responsabilidad pública agregada (1) La responsabilidad pública agregada por un solo incidente nuclear de personas indemnizadas, incluidos los costos legales autorizados para ser pagados bajo el inciso (o)(1)(D), no excederá— (A) en el caso de instalaciones diseñadas para producir cantidades sustanciales de electricidad y que tengan una capacidad nominal de 100,000 kilovatios eléctricos o más, la cantidad máxima de protección financiera requerida de dichas instalaciones bajo el inciso (b) (más cualquier recargo evaluado bajo el inciso (o)(1)(E)); (B) en el caso de contratistas con quienes el Secretario haya celebrado un acuerdo de indemnización bajo el inciso (d), la cantidad de indemnización y protección financiera que pueda requerirse bajo el párrafo (2) del inciso (d); y (C) en el caso de todos los demás licenciatarios de la Comisión requeridos a mantener protección financiera bajo esta sección— (i) $500,000,000, junto con la cantidad de protección financiera requerida del licenciatario; o (ii) si la cantidad de protección financiera requerida al licenciatario excede de $60,000,000, $560,000,000 o la cantidad de protección financiera requerida del licenciatario, la que sea mayor.
Pasaje de autoridad extraído 3
(E) Si la suma de las reclamaciones de responsabilidad pública y los costos legales autorizados bajo el párrafo (2) que surjan de cualquier incidente nuclear excede la cantidad máxima de protección financiera requerida bajo el inciso (b), cualquier licenciatario requerido a pagar una prima diferida estándar bajo el inciso (b)(1) deberá, además de dicha prima diferida, ser cobrada con la cantidad necesaria para pagar una parte prorrata de dichas reclamaciones y costos, pero en ningún caso más del 5 por ciento de la cantidad máxima de dicha prima diferida estándar descrita en dicho inciso.
Pasaje de autoridad extraído 5
L. 109–58, título VI, § 656(b), 8 de agosto de 2005, 119 Stat. 814, estableció que: ‘‘No más tarde de 1 año después de la fecha de promulgación de esta Ley [8 de agosto de 2005], y de vez en cuando según considere necesario, la Comisión Reguladora Nuclear emitirá regulaciones que identifiquen materiales radiactivos o clases de individuos que, de conformidad con la protección de la salud pública y la seguridad y la defensa común, sean excepciones apropiadas a los requisitos de la sección 170D [probablemente significa 170I] de la Ley de Energía Atómica de 1954 [42 U.S.C. 2210i], según fue añadida por la subsección (a) de esta sección.’’ EFECTO EN OTRAS LEYES Pub.
Pasaje de autoridad extraído 6
(i) Planes de compensación (1) Después de cualquier incidente nuclear que implique daños que probablemente excedan la cantidad aplicable de responsabilidad pública agregada bajo el subpárrafo (A), (B) o (C) de la subsección (e)(1), el Secretario o la Comisión, según corresponda, deberá— (A) realizar una encuesta de las causas y alcance del daño; y (B) presentar con prontitud un informe que exponga los resultados de dicha encuesta al Congreso, a los Representantes de los distritos afectados, a los Senadores de los estados afectados, y (excepto por información que pueda causar un daño serio a la defensa nacional de Estados Unidos) al público, a las partes involucradas y a los tribunales.
NRC Regulatory Issue Summary 2005-26
Listado por: Registro DoD, Autoridades relacionadas
Evidencia de designación
- Fila de autoridad del DoD: NRC Regulatory Issue Summary 2005-26. DoD lista esta cita para la categoría; esta página de detalle del DoD no muestra un campo Básico/Especificado separado.
- Evidencia de autoridad relacionada: El DoD lista esta autoridad para la categoría; el texto de la autoridad vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.
- Contexto de designación del registro: Especificado. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de ámbito o aplicabilidad de categoría que ayuda a determinar cuándo la información cae dentro de esta categoría CUI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de divulgación, acceso, protección, liberación, diseminación o control de distribución relevante para el manejo. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de violación, penalización, sanción o aplicación que puede afectar las consecuencias por manejo indebido.
- La designación del registro para esta categoría es Especificado.
Significado extraído de la autoridad
- RESUMEN DE LA CUESTIÓN REGLAMENTARIA DE LA NRC 2005-26
- Contexto de designación del registro: Especificado. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de ámbito o aplicabilidad de categoría que ayuda a determinar cuándo la información cae dentro de esta categoría CUI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de divulgación, acceso, protección, liberación, diseminación o control de distribución relevante para el manejo. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de violación, penalización, sanción o aplicación que puede afectar las consecuencias por manejo indebido.
Condiciones operativas
- Ámbito de la categoría DoD usado con esta autoridad: Información que podría ser útil, o razonablemente se podría esperar que sea útil, para un terrorista en un ataque potencial incluyendo la ubicación exacta y cantidades de material radiactivo, ciertos dibujos de diseño detallados, información sobre instalaciones cercanas, información de planificación de emergencias y ciertas evaluaciones de vulnerabilidad y análisis de seguridad.
- El DoD lista esta autoridad para la categoría; el texto de la autoridad vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.
- Estado del registro NARA: Especificado. Valores de estado por autoridad NARA: Especificado. Evidencia de marcación de banner NARA: CUI//SP-SRI. La evidencia del registro se conserva aquí; el análisis detallado del texto de la ley primaria o reglamento para esta categoría sigue pendiente.
- Ámbito de la categoría NARA: Relacionado con información que podría ser útil, o razonablemente se podría esperar que sea útil, para un terrorista en un ataque potencial que no califique como Información de Salvaguardas o clasificada, incluyendo la ubicación exacta y cantidades de material radiactivo, ciertos dibujos de diseño detallados, información sobre instalaciones cercanas, información de planificación de emergencias y ciertas evaluaciones de vulnerabilidad y análisis de seguridad.
- Ámbito de la categoría DoD: Información que podría ser útil, o razonablemente se podría esperar que sea útil, para un terrorista en un ataque potencial incluyendo la ubicación exacta y cantidades de material radiactivo, ciertos dibujos de diseño detallados, información sobre instalaciones cercanas, información de planificación de emergencias y ciertas evaluaciones de vulnerabilidad y análisis de seguridad.
- Declaración de advertencia requerida por el registro DoD: Información Relacionada con la Seguridad - Reservar según 10 CFR 2.390
- Condición de autoridad extraída: (1) Correspondencia e informes hacia o desde la NRC que contengan información o registros concernientes a la protección física de un licenciatario o solicitante, protección de materia clasificada, o programa de control y contabilidad de materiales para material nuclear especial no designado de otra forma como Información de Salvaguardas ni clasificado como Información de Seguridad Nacional o Datos Restringidos.
- Condición de autoridad extraída: Como se discute en SECY-04-0191, otras agencias gubernamentales han emitido regulaciones o guías para proteger información que podría razonablemente esperarse que sea útil para terroristas en la planificación o ejecución de un ataque contra infraestructuras críticas. •Información protegida de infraestructuras críticas (PCII) es información relacionada con la seguridad de infraestructuras críticas que se proporciona voluntariamente al Departamento de Seguridad Nacional (DHS). •Información crítica de infraestructura energética (CEII) se define en regulaciones de la Comisión Federal Reguladora de Energía (FERC) como información relacionada con infraestructura energética (p. ej., presas hidroeléctricas y sistemas de transmisión eléctrica). •Información de seguridad sensible (SSI) se define en regulaciones de la Administración de Seguridad en el Transporte (TSA) y del Departamento de Transporte (DOT) como información sobre la seguridad de activos de transporte, incluyendo oleoductos.
- Condición de autoridad extraída: ML051430228 COMISIÓN REGULADORA NUCLEAR DE LOS ESTADOS UNIDOS OFICINA DE REGULACIÓN DE REACTORES NUCLEARES WASHINGTON, D.C. 20555-0001 7 de noviembre de 2005 RESUMEN DE LA CUESTIÓN REGLAMENTARIA DE LA NRC 2005-26 CONTROL DE INFORMACIÓN NO CLASIFICADA SENSIBLE NO RELACIONADA CON SALVAGUARDAS VINCULADA A REACTORES DE ENERGÍA NUCLEAR DESTINATARIOS Todos los titulares de licencias operativas para reactores nucleares de energía y titulares y solicitantes de certificados para diseños de reactores.
Controles de salvaguarda y difusión
- Declaración de advertencia requerida por DoD: Información Relacionada con la Seguridad - Reservar según 10 CFR 2.390
- Básico o especificado de NARA: Especificado
- Filas de autoridad Nara: 42 USC 2201(b) NRC RIS 2005-31, Revisión 1 NRC RIS 2005-26 | estado: Especificado | banner: CUI//SP-SRI
- Marcados de banner Nara: CUI//SP-SRI
- Declaración de advertencia requerida por Dod: Información Relacionada con la Seguridad - Reservar según 10 CFR 2.390
- No se lista ningún control de difusión requerido por DoD en la página del registro. Aplique controles de difusión limitados aprobados solo cuando lo requiera o permita la agencia designante o la autoridad gobernante.
- Use primero las afirmaciones del registro, las filas de autoridad de NARA, las autoridades de DoD, las políticas de DoD, las declaraciones de advertencia, los controles de difusión requeridos y los ejemplos. Cuando la autoridad citada no especifique un detalle de manejo, aplique las salvaguardas básicas de CUI y las reglas de difusión siempre que no entren en conflicto con la autoridad o los controles específicos de la agencia.
- Control de autoridad extraído: (1) Correspondencia e informes hacia o desde la NRC que contengan información o registros concernientes a la protección física de un licenciatario o solicitante, protección de materia clasificada, o programa de control y contabilidad de materiales para material nuclear especial no designado de otra forma como Información de Salvaguardas ni clasificado como Información de Seguridad Nacional o Datos Restringidos.
- Control de autoridad extraído: ML051430228 COMISIÓN REGULADORA NUCLEAR DE LOS ESTADOS UNIDOS OFICINA DE REGULACIÓN DE REACTORES NUCLEARES WASHINGTON, D.C. 20555-0001 7 de noviembre de 2005 RESUMEN DE LA CUESTIÓN REGLAMENTARIA DE LA NRC 2005-26 CONTROL DE INFORMACIÓN NO CLASIFICADA SENSIBLE NO RELACIONADA CON SALVAGUARDAS VINCULADA A REACTORES DE ENERGÍA NUCLEAR DESTINATARIOS Todos los titulares de licencias operativas para reactores nucleares de energía y titulares y solicitantes de certificados para diseños de reactores.
- Control de autoridad extraído: Información Relacionada con la Seguridad Retener Bajo 10 CFR 2.390 Asunto XXXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXXX Anexo RIS-2005-26 Página 1 de 1 MARCAS SUGERIDAS Retener de la divulgación pública de conformidad con 10 CFR 2.390 Marca general de página en la parte superior de todas las páginas Asegurar que la línea de asunto no sea sensible Controles apropiados Acceso: Necesidad de saber para realizar funciones oficiales del licenciatario.
- Control de autoridad extraído: Sin embargo, la NRC y otras agencias gubernamentales siempre han retenido algo de información de la divulgación pública por razones de seguridad, privacidad personal o protección comercial o de secretos comerciales.
- Control de autoridad extraído: Como se muestra en el diagrama adjunto, la carta de presentación debe indicar claramente que el documento incluye información sensible y las páginas afectadas deben incluir la marca “Información Relacionada con la Seguridad — Retener Bajo 10 CFR 2.390.” A diferencia de los requisitos para retener información propietaria, los licenciatarios no están obligados a proveer una declaración jurada para la información sensible retenida bajo el 10 CFR 2.390(d) y relacionada con (1) protección física o (2) control y contabilidad de materiales.
Extractos de la autoridad
Pasaje de autoridad extraído más relevante
(1) Correspondencia e informes hacia o desde la NRC que contengan información o registros concernientes a la protección física de un licenciatario o solicitante, protección de materia clasificada, o programa de control y contabilidad de materiales para material nuclear especial no designado de otra forma como Información de Salvaguardas ni clasificado como Información de Seguridad Nacional o Datos Restringidos.
Pasaje de autoridad extraído 2
ML051430228 COMISIÓN REGULADORA NUCLEAR DE LOS ESTADOS UNIDOS OFICINA DE REGULACIÓN DE REACTORES NUCLEARES WASHINGTON, D.C. 20555-0001 7 de noviembre de 2005 RESUMEN DE LA CUESTIÓN REGLAMENTARIA DE LA NRC 2005-26 CONTROL DE INFORMACIÓN NO CLASIFICADA SENSIBLE NO RELACIONADA CON SALVAGUARDAS VINCULADA A REACTORES DE ENERGÍA NUCLEAR DESTINATARIOS Todos los titulares de licencias operativas para reactores nucleares de energía y titulares y solicitantes de certificados para diseños de reactores.
Pasaje de autoridad extraído 3
Información Relacionada con la Seguridad Retener Bajo 10 CFR 2.390 Asunto XXXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXXX Anexo RIS-2005-26 Página 1 de 1 MARCAS SUGERIDAS Retener de la divulgación pública de conformidad con 10 CFR 2.390 Marca general de página en la parte superior de todas las páginas Asegurar que la línea de asunto no sea sensible Controles apropiados Acceso: Necesidad de saber para realizar funciones oficiales del licenciatario.
Pasaje de autoridad extraído 4
Sin embargo, la NRC y otras agencias gubernamentales siempre han retenido algo de información de la divulgación pública por razones de seguridad, privacidad personal o protección comercial o de secretos comerciales.
Pasaje de autoridad extraído 5
Como se muestra en el diagrama adjunto, la carta de presentación debe indicar claramente que el documento incluye información sensible y las páginas afectadas deben incluir la marca “Información Relacionada con la Seguridad — Retener Bajo 10 CFR 2.390.” A diferencia de los requisitos para retener información propietaria, los licenciatarios no están obligados a proveer una declaración jurada para la información sensible retenida bajo el 10 CFR 2.390(d) y relacionada con (1) protección física o (2) control y contabilidad de materiales.
NRC Regulatory Issue Summary 2005-31 Revision 1
Listado por: Registro DoD, Autoridades relacionadas
Evidencia de designación
- Fila de autoridad DoD: NRC Regulatory Issue Summary 2005-31 Revisión 1. DoD lista esta cita para la categoría; esta página de detalles de DoD no muestra un campo Básico/Especificado separado.
- Evidencia de autoridad relacionada: El DoD lista esta autoridad para la categoría; el texto de la autoridad vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.
- Contexto de designación del registro: Especificado. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de ámbito o aplicabilidad de categoría que ayuda a determinar cuándo la información cae dentro de esta categoría CUI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de divulgación, acceso, protección, liberación, diseminación o control de distribución relevante para el manejo. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de violación, penalización, sanción o aplicación que puede afectar las consecuencias por manejo indebido.
- La designación del registro para esta categoría es Especificado.
Significado extraído de la autoridad
- RESUMEN DE ASUNTO REGULATORIO DE NRC 2005-31, REVISIÓN 1
- Contexto de designación del registro: Especificado. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de ámbito o aplicabilidad de categoría que ayuda a determinar cuándo la información cae dentro de esta categoría CUI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de divulgación, acceso, protección, liberación, diseminación o control de distribución relevante para el manejo. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de violación, penalización, sanción o aplicación que puede afectar las consecuencias por manejo indebido.
Condiciones operativas
- Ámbito de la categoría DoD usado con esta autoridad: Información que podría ser útil, o razonablemente se podría esperar que sea útil, para un terrorista en un ataque potencial incluyendo la ubicación exacta y cantidades de material radiactivo, ciertos dibujos de diseño detallados, información sobre instalaciones cercanas, información de planificación de emergencias y ciertas evaluaciones de vulnerabilidad y análisis de seguridad.
- El DoD lista esta autoridad para la categoría; el texto de la autoridad vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.
- Estado del registro NARA: Especificado. Valores de estado por autoridad NARA: Especificado. Evidencia de marcación de banner NARA: CUI//SP-SRI. La evidencia del registro se conserva aquí; el análisis detallado del texto de la ley primaria o reglamento para esta categoría sigue pendiente.
- Ámbito de la categoría NARA: Relacionado con información que podría ser útil, o razonablemente se podría esperar que sea útil, para un terrorista en un ataque potencial que no califique como Información de Salvaguardas o clasificada, incluyendo la ubicación exacta y cantidades de material radiactivo, ciertos dibujos de diseño detallados, información sobre instalaciones cercanas, información de planificación de emergencias y ciertas evaluaciones de vulnerabilidad y análisis de seguridad.
- Ámbito de la categoría DoD: Información que podría ser útil, o razonablemente se podría esperar que sea útil, para un terrorista en un ataque potencial incluyendo la ubicación exacta y cantidades de material radiactivo, ciertos dibujos de diseño detallados, información sobre instalaciones cercanas, información de planificación de emergencias y ciertas evaluaciones de vulnerabilidad y análisis de seguridad.
- Declaración de advertencia requerida por el registro DoD: Información Relacionada con la Seguridad - Reservar según 10 CFR 2.390
- Condición de autoridad extraída: RESUMEN DE ASUNTO REGULATORIO DE NRC 2005-31, REVISIÓN 1 CONTROL DE INFORMACIÓN SENSIBLE NO CLASIFICADA RELACIONADA CON LA SEGURIDAD Y NO RELACIONADA CON SALVAGUARDAS, MANEJADA POR INDIVIDUOS, EMPRESAS Y ENTIDADES SUJETAS A LA REGULACIÓN DE NRC SOBRE EL USO DE MATERIALES NUCLEARES FUENTE, PRODUCTO SECUNDARIO Y ESPECIAL
- Condición de autoridad extraída: El NRC desarrolló una guía en SECY-04-0191, “Retención de Información Sensible No Clasificada Relacionada con Reactores Nucleares de Potencia para la Divulgación Pública,” con fecha 19 de octubre de 2004, y asesoró a los titulares de licencias en el Resumen de Asuntos Regulatorios (RIS) de NRC 2005-26, “Control de Información Sensible No Clasificada No Relacionada con Salvaguardas Relacionada con Reactores Nucleares de Potencia,” con fecha 7 de noviembre de 2005, sobre la realización de una amplia revisión de seguridad/sensibilidad para evaluar si los documentos asociados con los titulares de licencias de reactores deberían hacerse públicos en primera instancia como una cuestión de discreción administrativa.
Controles de salvaguarda y difusión
- Declaración de advertencia requerida por DoD: Información Relacionada con la Seguridad - Reservar según 10 CFR 2.390
- Básico o especificado de NARA: Especificado
- Filas de autoridad Nara: 42 USC 2201(b) NRC RIS 2005-31, Revisión 1 NRC RIS 2005-26 | estado: Especificado | banner: CUI//SP-SRI
- Marcados de banner Nara: CUI//SP-SRI
- Declaración de advertencia requerida por Dod: Información Relacionada con la Seguridad - Reservar según 10 CFR 2.390
- No se lista ningún control de difusión requerido por DoD en la página del registro. Aplique controles de difusión limitados aprobados solo cuando lo requiera o permita la agencia designante o la autoridad gobernante.
- Use primero las afirmaciones del registro, las filas de autoridad de NARA, las autoridades de DoD, las políticas de DoD, las declaraciones de advertencia, los controles de difusión requeridos y los ejemplos. Cuando la autoridad citada no especifique un detalle de manejo, aplique las salvaguardas básicas de CUI y las reglas de difusión siempre que no entren en conflicto con la autoridad o los controles específicos de la agencia.
- Control de autoridad extraído: El NRC desarrolló una guía en SECY-04-0191, “Retención de Información Sensible No Clasificada Relacionada con Reactores Nucleares de Potencia para la Divulgación Pública,” con fecha 19 de octubre de 2004, y asesoró a los titulares de licencias en el Resumen de Asuntos Regulatorios (RIS) de NRC 2005-26, “Control de Información Sensible No Clasificada No Relacionada con Salvaguardas Relacionada con Reactores Nucleares de Potencia,” con fecha 7 de noviembre de 2005, sobre la realización de una amplia revisión de seguridad/sensibilidad para evaluar si los documentos asociados con los titulares de licencias de reactores deberían hacerse públicos en primera instancia como una cuestión de discreción administrativa.
- Control de autoridad extraído: RESUMEN DE ASUNTO REGULATORIO DE NRC 2005-31, REVISIÓN 1 CONTROL DE INFORMACIÓN SENSIBLE NO CLASIFICADA RELACIONADA CON LA SEGURIDAD Y NO RELACIONADA CON SALVAGUARDAS, MANEJADA POR INDIVIDUOS, EMPRESAS Y ENTIDADES SUJETAS A LA REGULACIÓN DE NRC SOBRE EL USO DE MATERIALES NUCLEARES FUENTE, PRODUCTO SECUNDARIO Y ESPECIAL
- Control de autoridad extraído: ML14352A172), el personal propuso discontinuar esta política y, en cambio, aplicar la política de información sensible no clasificada no relacionada con salvaguardas (SUNSI) de NRC para revisar, liberar y retener documentos de protección contra incendios y preparación para emergencias.
- Control de autoridad extraído: - Seguridad Potencialmente Retener—La información relacionada con programas de seguridad generalmente se designa como Información de Salvaguardas o Información de Salvaguardas—Manejo Modificado y se protege de manera similar a la información clasificada confidencial.
- Control de autoridad extraído: El Resumen de Asuntos Regulatorios de la Comisión Reguladora Nuclear (NRC) 2005-26, “Control de Información Sensible No Clasificada No Relacionada con Salvaguardas Relacionada con Reactores Nucleares de Potencia,” con fecha 7 de noviembre de 2005, informa a los titulares de licencias sobre el manejo apropiado de información sensible no clasificada no relacionada con salvaguardas para reactores en desmantelamiento.
Extractos de la autoridad
Pasaje de autoridad extraído más relevante
El NRC desarrolló una guía en SECY-04-0191, “Retención de Información Sensible No Clasificada Relacionada con Reactores Nucleares de Potencia para la Divulgación Pública,” con fecha 19 de octubre de 2004, y asesoró a los titulares de licencias en el Resumen de Asuntos Regulatorios (RIS) de NRC 2005-26, “Control de Información Sensible No Clasificada No Relacionada con Salvaguardas Relacionada con Reactores Nucleares de Potencia,” con fecha 7 de noviembre de 2005, sobre la realización de una amplia revisión de seguridad/sensibilidad para evaluar si los documentos asociados con los titulares de licencias de reactores deberían hacerse públicos en primera instancia como una cuestión de discreción administrativa.
Pasaje de autoridad extraído 3
ML14352A172), el personal propuso discontinuar esta política y, en cambio, aplicar la política de información sensible no clasificada no relacionada con salvaguardas (SUNSI) de NRC para revisar, liberar y retener documentos de protección contra incendios y preparación para emergencias.
Pasaje de autoridad extraído 4
- Seguridad Potencialmente Retener—La información relacionada con programas de seguridad generalmente se designa como Información de Salvaguardas o Información de Salvaguardas—Manejo Modificado y se protege de manera similar a la información clasificada confidencial.
Pasaje de autoridad extraído 5
El Resumen de Asuntos Regulatorios de la Comisión Reguladora Nuclear (NRC) 2005-26, “Control de Información Sensible No Clasificada No Relacionada con Salvaguardas Relacionada con Reactores Nucleares de Potencia,” con fecha 7 de noviembre de 2005, informa a los titulares de licencias sobre el manejo apropiado de información sensible no clasificada no relacionada con salvaguardas para reactores en desmantelamiento.