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Archaeological Resources

Relacionado con información sobre la naturaleza y ubicación de cualquier recurso arqueológico para el cual la excavación o remoción requiera un permiso u otra autorización.

Estado del registroNARA y DoD
MarcadoARCHR
Grupo de índice organizacionalRecursos naturales y culturales
Actualizado2026-05-15

Esta página expone el análisis extraído del registro CUI y de las autoridades como texto rastreable. El explorador interactivo sigue siendo el espacio operativo para filtrar, comparar y estudiar con el agente de voz.

Comparación de registros

Campo Registro NARA Registro DoD
Descripción de la categoría Relacionado con información sobre la naturaleza y ubicación de cualquier recurso arqueológico para el cual la excavación o remoción requiera un permiso u otra autorización. Información relacionada con la naturaleza y ubicación de cualquier recurso arqueológico para el cual la excavación o remoción requiera un permiso u otra autorización.
Marcado de categoría ARCHR ARCHR
Marcado de banner CUI//ARCHR Sin campo correspondiente
Básico o Especificado Básico Sin campo correspondiente
Autoridades 16 USC 470hh, 43 CFR 7.18 16 USC 470hh, 43 CFR 7.18
Políticas DoD aplicables Sin campo correspondiente Ninguno listado
Declaración de advertencia requerida Sin campo correspondiente Ninguno listado
Control de difusión requerido CUI//ARCHR Ninguno listado
Ejemplos Sin campo correspondiente Algunos permisos de excavación deben ser protegidos para la protección de los recursos.
Fecha del registro May 8, 2025 2026-05-15

Análisis de la autoridad

Título de la autoridad
Evidencia de autoridad del registro compilada; análisis del texto de autoridad primaria pendiente
Autoridades
Multiple registry authorities
Vigencia de la fuente
Última revisión de NARA: 8 de mayo de 2025 | Acceso al detalle de DoD: 15 de mayo de 2026
Cómo opera la autoridad
Estado en el registro NARA: Básico. Valores de estado NARA por autoridad: Básico. Evidencia de marca de banner NARA: CUI//ARCHR. La evidencia de registro se conserva aquí; análisis detallado del texto de la ley primaria o regulaciones permanece pendiente para esta categoría.

Condiciones desencadenantes

  • Alcance de la categoría NARA: Relacionado con información sobre la naturaleza y ubicación de cualquier recurso arqueológico para el cual la excavación o remoción requiera un permiso u otra autorización.
  • Alcance de la categoría DoD: Información relacionada con la naturaleza y ubicación de cualquier recurso arqueológico para el cual la excavación o remoción requiera un permiso u otra autorización.

Información cubierta

  • Algunos permisos de excavación deben ser protegidos para la protección de los recursos.
  • Información descrita en el registro: Relacionado con información sobre la naturaleza y ubicación de cualquier recurso arqueológico para el cual la excavación o remoción requiera un permiso u otra autorización.
  • Información descrita por DoD: Información relacionada con la naturaleza y ubicación de cualquier recurso arqueológico para el cual la excavación o remoción requiera un permiso u otra autorización.

Controles especificados

Nara básico o especificado
Básico
Filas de autoridad Nara
16 USC 470hh | estado: Básico | banner: CUI//ARCHR || 43 CFR 7.18 | estado: Básico | banner: CUI//ARCHR
Marcajes de banner Nara
CUI//ARCHR

Controles de salvaguarda y difusión

Registro NARA
CUI//ARCHR
Registro DoD
Ninguno listado
Análisis de la autoridad
No se lista ningún control de difusión requerido por DoD en la página del registro. Aplique controles de difusión limitados aprobados solo cuando lo requiera o permita la agencia designante o la autoridad gobernante.
Básico o Especificado
Use primero las afirmaciones del registro, las filas de autoridad de NARA, las autoridades de DoD, las políticas de DoD, las declaraciones de advertencia, los controles de difusión requeridos y los ejemplos. Cuando la autoridad citada no especifique un detalle de manejo, aplique las salvaguardas básicas de CUI y las reglas de difusión siempre que no entren en conflicto con la autoridad o los controles específicos de la agencia.

Autoridades relacionadas

Detalle autoridad por autoridad

16 USC 470hh

Listado por: Registro NARA, Registro DoD, Autoridades relacionadas

Evidencia de designación

  • Fila de autoridad NARA: 16 USC 470hh | estado: Básico | banner: CUI//ARCHR.
  • Fila de autoridad DoD: 16 USC 470hh. DoD incluye esta cita para la categoría; esta página detallada de DoD no muestra un campo Básico/Especificado separado.
  • Evidencia de autoridad relacionada: 16 USC 470hh | estado: Básico | banner: CUI//ARCHR
  • Evidencia de autoridad relacionada: El DoD lista esta autoridad para la categoría; el texto de la autoridad vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.
  • Contexto de designación en registro: Básico, CUI//ARCHR. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de alcance o aplicabilidad de categoría que ayuda a determinar cuándo la información entra en esta categoría de CUI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje sobre divulgación, acceso, protección, liberación, diseminación o control de distribución relevante para el manejo. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje sobre violación, multa, sanción o cumplimiento que puede afectar consecuencias por manejo inapropiado.
  • La designación de registro para esta categoría es Básico con banner CUI//ARCHR.

Significado extraído de la autoridad

  • Página 823 TÍTULO 16—CONSERVACIÓN § 470hh
  • Contexto de designación en registro: Básico, CUI//ARCHR. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de alcance o aplicabilidad de categoría que ayuda a determinar cuándo la información entra en esta categoría de CUI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje sobre divulgación, acceso, protección, liberación, diseminación o control de distribución relevante para el manejo. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje sobre violación, multa, sanción o cumplimiento que puede afectar consecuencias por manejo inapropiado.

Condiciones operativas

  • Alcance de la categoría NARA usado con esta autoridad: Relacionado con información sobre la naturaleza y ubicación de cualquier recurso arqueológico para el cual la excavación o remoción requiera un permiso u otra autorización.
  • Alcance de la categoría DoD usado con esta autoridad: Información relacionada con la naturaleza y ubicación de cualquier recurso arqueológico para el cual la excavación o remoción requiera un permiso u otra autorización.
  • 16 USC 470hh | estado: Básico | banner: CUI//ARCHR
  • El DoD lista esta autoridad para la categoría; el texto de la autoridad vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.
  • Estado en el registro NARA: Básico. Valores de estado NARA por autoridad: Básico. Evidencia de marca de banner NARA: CUI//ARCHR. La evidencia de registro se conserva aquí; análisis detallado del texto de la ley primaria o regulaciones permanece pendiente para esta categoría.
  • Alcance de la categoría NARA: Relacionado con información sobre la naturaleza y ubicación de cualquier recurso arqueológico para el cual la excavación o remoción requiera un permiso u otra autorización.
  • Alcance de la categoría DoD: Información relacionada con la naturaleza y ubicación de cualquier recurso arqueológico para el cual la excavación o remoción requiera un permiso u otra autorización.
  • Condición extraída de la autoridad: Cooperación con particulares El Secretario del Interior tomará las acciones que sean necesarias, coherentes con los propósitos de este capítulo, para fomentar y mejorar la comunicación, cooperación e intercambio de información entre— (1) particulares que tengan colecciones de recursos arqueológicos y datos obtenidos antes de la fecha de promulgación de este capítulo, y (2) autoridades federales responsables de la protección de recursos arqueológicos en tierras públicas y tierras de indios, y arqueólogos profesionales y asociaciones de arqueólogos profesionales.
  • Condición extraída de la autoridad: Confidencialidad de la información concerniente a la naturaleza y ubicación de recursos arqueológicos (a) Divulgación de información La información concerniente a la naturaleza y ubicación de cualquier recurso arqueológico para el cual la excavación o remoción requiera un permiso u otra autorización bajo este capítulo o bajo cualquier otra disposición de la ley federal no podrá hacerse pública bajo el subcapítulo II del capítulo 5 del título 5 ni bajo ninguna otra disposición de ley, a menos que el administrador federal de tierras correspondiente determine que tal divulgación— (1) fomente los propósitos de este capítulo o del capítulo 3125 del título 54, y (2) no cree un riesgo de daño a dichos recursos o al sitio en el que tales recursos están ubicados.
  • Condición extraída de la autoridad: Informe anual al Congreso Como parte del informe anual que debe presentarse a los comités especificados del Congreso conforme a la sección 469a–3(c) 1 de este título, el Secretario del Interior reportará exhaustivamente como un componente separado sobre
  • Condición extraída de la autoridad: Cada regla o regulación uniforme promulgada bajo este capítulo deberá presentarse el mismo día calendario al Comité de Energía y Recursos Naturales del Senado de los Estados Unidos y al Comité de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de los Estados Unidos, y ninguna regla o regulación uniforme podrá entrar en vigor antes de la expiración de un periodo de noventa días calendarios tras la fecha de su presentación a dichos comités.
  • Condición extraída de la autoridad: El tribunal escuchará tal acción sobre el registro elaborado ante el administrador federal de tierras y mantendrá su acción si está respaldada por evidencia sustancial en el registro considerado en su conjunto.

Controles de salvaguarda y difusión

  • Evidencia de control de registro NARA: estado Básico; marca de banner CUI//ARCHR.
  • Nara básico o especificado: Básico
  • Filas de autoridad NARA: 16 USC 470hh | estado: Básico | banner: CUI//ARCHR || 43 CFR 7.18 | estado: Básico | banner: CUI//ARCHR
  • Marcas de banner NARA: CUI//ARCHR
  • No se lista ningún control de difusión requerido por DoD en la página del registro. Aplique controles de difusión limitados aprobados solo cuando lo requiera o permita la agencia designante o la autoridad gobernante.
  • Use primero las afirmaciones del registro, las filas de autoridad de NARA, las autoridades de DoD, las políticas de DoD, las declaraciones de advertencia, los controles de difusión requeridos y los ejemplos. Cuando la autoridad citada no especifique un detalle de manejo, aplique las salvaguardas básicas de CUI y las reglas de difusión siempre que no entren en conflicto con la autoridad o los controles específicos de la agencia.
  • Control de autoridad extraído: Cooperación con particulares El Secretario del Interior tomará las medidas que sean necesarias, conforme a los propósitos de este capítulo, para fomentar y mejorar la comunicación, cooperación e intercambio de información entre— (1) particulares que posean colecciones de recursos y datos arqueológicos obtenidos antes de la fecha de promulgación de este capítulo, y (2) las autoridades federales responsables de la protección de recursos arqueológicos en tierras públicas y tierras indias, y arqueólogos profesionales y asociaciones de arqueólogos profesionales.
  • Control de autoridad extraído: Confidencialidad de la información concerniente a la naturaleza y ubicación de recursos arqueológicos (a) Divulgación de información La información concerniente a la naturaleza y ubicación de cualquier recurso arqueológico cuya excavación o remoción requiera un permiso u otra autorización bajo este capítulo o cualquier otra disposición de la ley federal no podrá ser puesta a disposición del público bajo el subcapítulo II del capítulo 5 del título 5 ni bajo ninguna otra disposición legal, a menos que el administrador federal de tierras correspondiente determine que dicha divulgación— (1) promovería los propósitos de este capítulo o del capítulo 3125 del título 54, y (2) no crearía un riesgo de daño a tales recursos o al sitio en que se localizan dichos recursos.
  • Control de autoridad extraído: (b) Solicitud de divulgación por parte de Gobernadores No obstante las disposiciones del inciso (a), a petición escrita del Gobernador de cualquier Estado, la cual deberá expresar— (1) el sitio o área específica para la cual se busca la información, (2) el propósito para el cual se solicita dicha información, (3) un compromiso por parte del Gobernador de proteger adecuadamente la confidencialidad de dicha información para proteger el recurso de la explotación comercial, el administrador federal de tierras correspondiente deberá proporcionar al Gobernador información concerniente a la
  • Control de autoridad extraído: (c) Programa de concientización pública de los administradores federales de tierras sobre recursos arqueológicos en tierras públicas y tierras indias Cada administrador federal de tierras establecerá un programa para incrementar la concientización pública sobre la importancia de los recursos arqueológicos ubicados en tierras públicas y tierras indias y la necesidad de proteger dichos recursos.
  • Control de autoridad extraído: (c) Audiencias Las audiencias realizadas durante procedimientos para la evaluación de sanciones civiles autorizadas por el inciso (a) serán conducidas de conformidad con la sección 554 del título 5.
  • Control de autoridad extraído: Aplicación (a) Recompensas Bajo la certificación del administrador federal de tierras correspondiente, el Secretario del Tesoro está ordenado a pagar con cargo a las sanciones y multas recaudadas bajo las secciones 470ee y 470ff de este título, una suma equivalente a la mitad de dicha sanción o multa, pero no superior a $500, a cualquier persona que proporcione información que conduzca al hallazgo de una infracción civil, o a la condena por infracción penal, por la cual se haya pagado dicha sanción o multa.
  • Control de autoridad extraído: (b) Confiscaciones Todos los recursos arqueológicos respecto de los cuales se haya cometido una infracción conforme a los incisos (a), (b) o (c) de la sección 470ee de este título y que estén en posesión de cualquier persona, así como todos los vehículos y equipos de cualquier persona que hayan sido utilizados en relación con dicha infracción, podrán ser (a discreción del tribunal o juez administrativo, según corresponda) sujetos a confiscación por parte de los Estados Unidos tras— (1) la condena penal de dicha persona por dicha infracción bajo la sección 470ee de este título, (2) la imposición de una sanción civil contra dicha persona bajo la sección 470ff de este título respecto de dicha infracción, o (3) una determinación de cualquier tribunal de que dichos recursos arqueológicos, vehículos o equipos estuvieron involucrados en dicha infracción.

Extractos de la autoridad

Pasaje de autoridad extraído más relevante

Cooperación con particulares El Secretario del Interior tomará las medidas que sean necesarias, conforme a los propósitos de este capítulo, para fomentar y mejorar la comunicación, cooperación e intercambio de información entre— (1) particulares que posean colecciones de recursos y datos arqueológicos obtenidos antes de la fecha de promulgación de este capítulo, y (2) las autoridades federales responsables de la protección de recursos arqueológicos en tierras públicas y tierras indias, y arqueólogos profesionales y asociaciones de arqueólogos profesionales.

Pasaje de autoridad extraído 2

Confidencialidad de la información concerniente a la naturaleza y ubicación de recursos arqueológicos (a) Divulgación de información La información concerniente a la naturaleza y ubicación de cualquier recurso arqueológico cuya excavación o remoción requiera un permiso u otra autorización bajo este capítulo o cualquier otra disposición de la ley federal no podrá ser puesta a disposición del público bajo el subcapítulo II del capítulo 5 del título 5 ni bajo ninguna otra disposición legal, a menos que el administrador federal de tierras correspondiente determine que dicha divulgación— (1) promovería los propósitos de este capítulo o del capítulo 3125 del título 54, y (2) no crearía un riesgo de daño a tales recursos o al sitio en que se localizan dichos recursos.

Pasaje de autoridad extraído 3

(b) Solicitud de divulgación por parte de Gobernadores No obstante las disposiciones del inciso (a), a petición escrita del Gobernador de cualquier Estado, la cual deberá expresar— (1) el sitio o área específica para la cual se busca la información, (2) el propósito para el cual se solicita dicha información, (3) un compromiso por parte del Gobernador de proteger adecuadamente la confidencialidad de dicha información para proteger el recurso de la explotación comercial, el administrador federal de tierras correspondiente deberá proporcionar al Gobernador información concerniente a la

Pasaje de autoridad extraído 4

(c) Programa de concientización pública de los administradores federales de tierras sobre recursos arqueológicos en tierras públicas y tierras indias Cada administrador federal de tierras establecerá un programa para incrementar la concientización pública sobre la importancia de los recursos arqueológicos ubicados en tierras públicas y tierras indias y la necesidad de proteger dichos recursos.

Pasaje de autoridad extraído 5

(c) Audiencias Las audiencias realizadas durante procedimientos para la evaluación de sanciones civiles autorizadas por el inciso (a) serán conducidas de conformidad con la sección 554 del título 5.

Pasaje de autoridad extraído 6

Informe anual al Congreso Como parte del informe anual que debe presentarse a los comités especificados del Congreso conforme a la sección 469a–3(c) 1 de este título, el Secretario del Interior deberá informar de manera integral como un componente separado sobre

43 CFR 7.18

Listado por: Registro NARA, Registro DoD, Autoridades relacionadas

Evidencia de designación

  • Fila de autoridad NARA: 43 CFR 7.18 | estado: Básico | banner: CUI//ARCHR.
  • Fila de autoridad DoD: 43 CFR 7.18. El DoD lista esta citación para la categoría; esta página de detalles del DoD no muestra un campo separado Básico/Especificado.
  • Evidencia de autoridad relacionada: 43 CFR 7.18 | estado: Básico | banner: CUI//ARCHR
  • Evidencia de autoridad relacionada: El DoD lista esta autoridad para la categoría; el texto de la autoridad vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.
  • Contexto de designación en registro: Básico, CUI//ARCHR. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de alcance o aplicabilidad de categoría que ayuda a determinar cuándo la información entra en esta categoría de CUI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje sobre divulgación, acceso, protección, liberación, diseminación o control de distribución relevante para el manejo. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje sobre violación, multa, sanción o cumplimiento que puede afectar consecuencias por manejo inapropiado.
  • La designación de registro para esta categoría es Básico con banner CUI//ARCHR.

Significado extraído de la autoridad

  • 43 CFR Subtítulo A (Edición 10–1–18) § 7.17
  • Contexto de designación en registro: Básico, CUI//ARCHR. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje de alcance o aplicabilidad de categoría que ayuda a determinar cuándo la información entra en esta categoría de CUI. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje sobre divulgación, acceso, protección, liberación, diseminación o control de distribución relevante para el manejo. El texto de autoridad vinculado contiene lenguaje sobre violación, multa, sanción o cumplimiento que puede afectar consecuencias por manejo inapropiado.

Condiciones operativas

  • Alcance de la categoría NARA usado con esta autoridad: Relacionado con información sobre la naturaleza y ubicación de cualquier recurso arqueológico para el cual la excavación o remoción requiera un permiso u otra autorización.
  • Alcance de la categoría DoD usado con esta autoridad: Información relacionada con la naturaleza y ubicación de cualquier recurso arqueológico para el cual la excavación o remoción requiera un permiso u otra autorización.
  • 43 CFR 7.18 | estado: Básico | banner: CUI//ARCHR
  • El DoD lista esta autoridad para la categoría; el texto de la autoridad vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.
  • Estado en el registro NARA: Básico. Valores de estado NARA por autoridad: Básico. Evidencia de marca de banner NARA: CUI//ARCHR. La evidencia de registro se conserva aquí; análisis detallado del texto de la ley primaria o regulaciones permanece pendiente para esta categoría.
  • Alcance de la categoría NARA: Relacionado con información sobre la naturaleza y ubicación de cualquier recurso arqueológico para el cual la excavación o remoción requiera un permiso u otra autorización.
  • Alcance de la categoría DoD: Información relacionada con la naturaleza y ubicación de cualquier recurso arqueológico para el cual la excavación o remoción requiera un permiso u otra autorización.
  • Condición de autoridad extraída: (2) El administrador federal de tierras pondrá la información a disposición cuando el Gobernador de cualquier Estado haya presentado una solicitud escrita al administrador federal de tierras para obtener información, concerniente a los recursos arqueológicos dentro del Estado solicitante, siempre que la solicitud incluya: (i) El recurso arqueológico específico o área sobre la cual se busca información; (ii) El propósito para el cual se solicita la información; y (iii) El compromiso escrito del Gobernador de proteger adecuadamente la confidencialidad de la información.
  • Condición de autoridad extraída: (a) El administrador federal de tierras no pondrá a disposición del público, bajo el subcapítulo II del capítulo 5 del título 5 del Código de los Estados Unidos o cualquier otra disposición legal, información concerniente a la naturaleza y ubicación de cualquier recurso arqueológico, con las siguientes excepciones: (1) El administrador federal de tierras podrá poner la información a disposición, siempre que la divulgación favorezca los propósitos de la Ley y esta parte, o la Ley del 27 de junio de 1960, enmendada (16 U.S.C. 469 a 469c), sin poner en riesgo daño al recurso arqueológico o al sitio en que se ubica.
  • Condición de autoridad extraída: (b) El Secretario del Interior incluirá en el informe anual integral, presentado ante el Comité de Asuntos Interiores e Insulares de la Cámara de Representantes de Estados Unidos y ante el Comité de Energía y Recursos Naturales del Senado de Estados Unidos conforme a la sección 13 de la Ley, información sobre los programas de concientización pública presentados por cada administrador federal de tierras conforme a § 7.20(b).
  • Condición de autoridad extraída: Oficiales y empleados de gobiernos federales, estatales o locales que proporcionen información o presten servicios en el desempeño de sus funciones oficiales, y personas que hayan proporcionado información conforme a § 7.16(b)(1)(iii) no serán certificados como elegibles para recibir pago de recompensas.
  • Condición de autoridad extraída: (c) En casos que involucren tierras indias, todos los fondos por multas civiles y cualquier artículo confiscado conforme a las disposiciones de esta sección serán transferidos a los indios o tribu india correspondiente. § 7.18 Confidencialidad de la información sobre recursos arqueológicos.

Controles de salvaguarda y difusión

  • Evidencia de control de registro NARA: estado Básico; marca de banner CUI//ARCHR.
  • Nara básico o especificado: Básico
  • Filas de autoridad NARA: 16 USC 470hh | estado: Básico | banner: CUI//ARCHR || 43 CFR 7.18 | estado: Básico | banner: CUI//ARCHR
  • Marcas de banner NARA: CUI//ARCHR
  • No se lista ningún control de difusión requerido por DoD en la página del registro. Aplique controles de difusión limitados aprobados solo cuando lo requiera o permita la agencia designante o la autoridad gobernante.
  • Use primero las afirmaciones del registro, las filas de autoridad de NARA, las autoridades de DoD, las políticas de DoD, las declaraciones de advertencia, los controles de difusión requeridos y los ejemplos. Cuando la autoridad citada no especifique un detalle de manejo, aplique las salvaguardas básicas de CUI y las reglas de difusión siempre que no entren en conflicto con la autoridad o los controles específicos de la agencia.
  • Control de autoridad extraído: (2) El administrador federal de tierras pondrá la información a disposición cuando el Gobernador de cualquier Estado haya presentado una solicitud escrita al administrador federal de tierras para obtener información, concerniente a los recursos arqueológicos dentro del Estado solicitante, siempre que la solicitud incluya: (i) El recurso arqueológico específico o área sobre la cual se busca información; (ii) El propósito para el cual se solicita la información; y (iii) El compromiso escrito del Gobernador de proteger adecuadamente la confidencialidad de la información.
  • Control de autoridad extraído: (c) En casos que involucren tierras indias, todos los fondos por multas civiles y cualquier artículo confiscado conforme a las disposiciones de esta sección serán transferidos a los indios o tribu india correspondiente. § 7.18 Confidencialidad de la información sobre recursos arqueológicos.
  • Control de autoridad extraído: (a) El administrador federal de tierras no pondrá a disposición del público, conforme al subcapítulo II del capítulo 5 del título 5 del Código de los Estados Unidos u otra disposición legal, información relativa a la naturaleza y ubicación de cualquier recurso arqueológico, con las siguientes excepciones: (1) El administrador federal de tierras podrá poner la información a disposición, siempre que la divulgación sirva a los fines de la Ley y de esta parte, o de la Ley del 27 de junio de 1960, enmendada (16 U.S.C. 469 hasta 469c), sin poner en riesgo el recurso arqueológico o el sitio en que se encuentra.
  • Control de autoridad extraído: (b) La Sección 8(a) de la Ley prevé recompensas para las personas que proporcionen información que conduzca a la condena por una violación penal o a la imposición de una multa civil.

Extractos de la autoridad

Pasaje de autoridad extraído más relevante

(2) El administrador federal de tierras pondrá la información a disposición cuando el Gobernador de cualquier Estado haya presentado al administrador federal de tierras una solicitud por escrito de información relativa a los recursos arqueológicos en el Estado del Gobernador solicitante, siempre que la solicitud incluya: (i) El recurso arqueológico específico o el área sobre la cual se solicita información; (ii) El propósito para el cual se solicita la información; y (iii) El compromiso escrito del Gobernador de proteger adecuadamente la confidencialidad de la información.

Pasaje de autoridad extraído 2

(c) En casos que involucren tierras indígenas, todos los fondos por multas civiles y cualquier objeto confiscado bajo las disposiciones de esta sección deberán ser transferidos a los indígenas o tribu indígena correspondiente. § 7.18 Confidencialidad de la información sobre recursos arqueológicos.

Pasaje de autoridad extraído 3

(a) El administrador federal de tierras no pondrá a disposición del público, conforme al subcapítulo II del capítulo 5 del título 5 del Código de los Estados Unidos u otra disposición legal, información relativa a la naturaleza y ubicación de cualquier recurso arqueológico, con las siguientes excepciones: (1) El administrador federal de tierras podrá poner la información a disposición, siempre que la divulgación sirva a los fines de la Ley y de esta parte, o de la Ley del 27 de junio de 1960, enmendada (16 U.S.C. 469 hasta 469c), sin poner en riesgo el recurso arqueológico o el sitio en que se encuentra.

Pasaje de autoridad extraído 4

(b) El Secretario del Interior incluirá en el informe integral anual, presentado al Comité de Asuntos Interiores e Insulares de la Cámara de Representantes de los Estados Unidos y al Comité de Energía y Recursos Naturales del Senado de los Estados Unidos bajo la Sección 13 de la Ley, información sobre los programas de concienciación pública presentados por cada administrador federal de tierras conforme al § 7.20(b).

Pasaje de autoridad extraído 5

Los oficiales y empleados del gobierno federal, estatal o local que proporcionen información o presten servicio en el desempeño de sus funciones oficiales, y las personas que hayan proporcionado información conforme al § 7.16(b)(1)(iii) no serán certificados elegibles para recibir pago de recompensas.

Pasaje de autoridad extraído 6

(b) La Sección 8(a) de la Ley prevé recompensas para las personas que proporcionen información que conduzca a la condena por una violación penal o a la imposición de una multa civil.