48 CFR 324.103(c) and104
Listado por: Registro DoD, Autoridades relacionadas
Evidencia de designación
- Fila de autoridad DoD: 48 CFR 324.103(c) y 104. DoD lista esta cita para la categoría; esta página de detalles de DoD no muestra un campo Básico/Especificado separado.
- Evidencia de autoridad relacionada: El DoD lista esta autoridad para la categoría; el texto de la autoridad vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.
- Contexto de designación del registro: Especificado, CUI//SP-CONTRACT. El texto vinculado de la autoridad contiene lenguaje de ámbito o aplicabilidad de la categoría que ayuda a determinar cuándo la información cae dentro de esta categoría CUI. El texto vinculado de la autoridad contiene lenguaje de control de divulgación, acceso, protección, liberación, diseminación o distribución relevante para el manejo. El texto vinculado de la autoridad contiene lenguaje sobre violaciones, sanciones, penalidades o aplicación que puede afectar las consecuencias por manejo indebido.
- La designación del registro para esta categoría es Especificado con banner CUI//SP-CONTRACT.
Significado extraído de la autoridad
- Subparte 324.70—Seguro de Salud
- Contexto de designación del registro: Especificado, CUI//SP-CONTRACT. El texto vinculado de la autoridad contiene lenguaje de ámbito o aplicabilidad de la categoría que ayuda a determinar cuándo la información cae dentro de esta categoría CUI. El texto vinculado de la autoridad contiene lenguaje de control de divulgación, acceso, protección, liberación, diseminación o distribución relevante para el manejo. El texto vinculado de la autoridad contiene lenguaje sobre violaciones, sanciones, penalidades o aplicación que puede afectar las consecuencias por manejo indebido.
Condiciones operativas
- Ámbito de la categoría DoD usado con esta autoridad: Los requisitos de la Ley de Privacidad se aplican cuando un contrato o pedido exige que el contratista diseñe, desarrolle u opere cualquier sistema de registros de la Ley de Privacidad sobre individuos para cumplir una función de la agencia.
- El DoD lista esta autoridad para la categoría; el texto de la autoridad vinculada se extrae a continuación cuando está disponible.
- Estado del registro NARA: Especificado. Valores de estado NARA por autoridad: Especificado. Evidencia de marca de banner NARA: CUI//SP-CONTRACT. La evidencia del registro se conserva aquí; el análisis detallado del texto de la ley primaria o regulación aún está pendiente para esta categoría.
- Ámbito de la categoría NARA: Estipulaciones que un contratista debe cumplir antes de que se pueda usar material en la ejecución de ciertos contratos.
- Ámbito de la categoría DoD: Los requisitos de la Ley de Privacidad se aplican cuando un contrato o pedido exige que el contratista diseñe, desarrolle u opere cualquier sistema de registros de la Ley de Privacidad sobre individuos para cumplir una función de la agencia.
- Condición de autoridad extraída: (a) El agente contratante deberá insertar la cláusula en 352.224–70, Ley de Privacidad, en solicitudes, contratos y órdenes que requieran el diseño, desarrollo u operación de un sistema de registros para notificar al contratista que este y sus empleados están sujetos a sanciones penales por violaciones a la Ley de Privacidad (5 U.S.C. 552a(i)) en igual medida
- Condición de autoridad extraída: (b) El oficial de contratos deberá asegurarse de que la declaración de trabajo o declaración de trabajo de desempeño (SOW o PWS) especifique el sistema o sistemas de registros o los sistemas propuestos de registros a los que se aplica o puede aplicarse la Ley de Privacidad y las regulaciones implementadoras.
- Condición de autoridad extraída: (c) El oficial de contratos deberá asegurarse de que la SOW o PWS del contrato especifique tanto para la Ley de Privacidad como para la Ley Federal de Registros la disposición que se hará del sistema o sistemas de registros al finalizar la ejecución del contrato.
- Condición de autoridad extraída: Si existe una necesidad legítima para que un contratista conserve copias de los registros después de la finalización de un contrato, el contratista debe tomar medidas, según lo aprobado por el oficial de contratos, para mantener los registros confidenciales y proteger la privacidad de los individuos.
Controles de salvaguarda y difusión
- Políticas aplicables de DoD: Hospedado por la Actividad de Información de Guerra del Departamento - WEB.mil, ![Imagen 2: Número de la Línea de Crisis para Veteranos. Marque 988 y luego presione 1
- Básico o especificado de NARA: Especificado
- Filas de autoridad Nara: 48 CFR 324.103(c) | estado: Especificado | banner: CUI//SP-CONTRACT || 48 CFR 324.104 | estado: Especificado | banner: CUI//SP-CONTRACT
- Marcas de banner Nara: CUI//SP-CONTRACT
- Políticas aplicables del DoD: Organizado por Department of War Information Activity - WEB.mil, ![Imagen 2: Número de la Línea de Crisis para Veteranos. Marque 988 y luego presione 1
- No se lista ningún control de difusión requerido por DoD en la página del registro. Aplique controles de difusión limitados aprobados solo cuando lo requiera o permita la agencia designante o la autoridad gobernante.
- Use primero las afirmaciones del registro, las filas de autoridad de NARA, las autoridades de DoD, las políticas de DoD, las declaraciones de advertencia, los controles de difusión requeridos y los ejemplos. Cuando la autoridad citada no especifique un detalle de manejo, aplique las salvaguardas básicas de CUI y las reglas de difusión siempre que no entren en conflicto con la autoridad o los controles específicos de la agencia.
- Control de autoridad extraído: El oficial de contratos deberá establecer las restricciones que gobiernan el acceso de los empleados del contratista a la información del Gobierno o de terceros para proteger la información del uso o divulgación no autorizados.
- Control de autoridad extraído: Si existe una necesidad legítima para que un contratista conserve copias de los registros después de la finalización de un contrato, el contratista debe tomar medidas, según lo aprobado por el oficial de contratos, para mantener los registros confidenciales y proteger la privacidad de los individuos.
- Control de autoridad extraído: Subparte 324.1—Protección de la Privacidad Individual 324.103 Procedimientos para la Ley de Privacidad.
- Control de autoridad extraído: 324.104 Restricciones al Acceso del Contratista a Información del Gobierno o de Terceros.
- Control de autoridad extraído: (a) El agente contratante deberá insertar la cláusula en 352.224–70, Ley de Privacidad, en solicitudes, contratos y órdenes que requieran el diseño, desarrollo u operación de un sistema de registros para notificar al contratista que este y sus empleados están sujetos a sanciones penales por violaciones a la Ley de Privacidad (5 U.S.C. 552a(i)) en igual medida
Extractos de la autoridad
Pasaje de autoridad extraído más relevante
El oficial de contratos deberá establecer las restricciones que gobiernan el acceso de los empleados del contratista a la información del Gobierno o de terceros para proteger la información del uso o divulgación no autorizados.
Pasaje de autoridad extraído 2
Si existe una necesidad legítima para que un contratista conserve copias de los registros después de la finalización de un contrato, el contratista debe tomar medidas, según lo aprobado por el oficial de contratos, para mantener los registros confidenciales y proteger la privacidad de los individuos.
Pasaje de autoridad extraído 3
Subparte 324.1—Protección de la Privacidad Individual 324.103 Procedimientos para la Ley de Privacidad.
Pasaje de autoridad extraído 4
324.104 Restricciones al Acceso del Contratista a Información del Gobierno o de Terceros.
Pasaje de autoridad extraído 5
(a) El agente contratante deberá insertar la cláusula en 352.224–70, Ley de Privacidad, en solicitudes, contratos y órdenes que requieran el diseño, desarrollo u operación de un sistema de registros para notificar al contratista que este y sus empleados están sujetos a sanciones penales por violaciones a la Ley de Privacidad (5 U.S.C. 552a(i)) en igual medida
Pasaje de autoridad extraído 6
(b) El oficial de contratos deberá asegurarse de que la declaración de trabajo o declaración de trabajo de desempeño (SOW o PWS) especifique el sistema o sistemas de registros o los sistemas propuestos de registros a los que se aplica o puede aplicarse la Ley de Privacidad y las regulaciones implementadoras.